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Una juez «rebaja» de 6.000 euros a 300 una indemnización por daño moral porque la víctima es abogada

La víctima, María Amparo Martínez Marián, presidenta de Defenda, denuncia que eso es discriminación negativa

Esta letrada del turno de oficio critica "lo barato que le han salido a su cliente, el denunciado, las amenazas y coacciones contra ella", que ha sufrido "un calvario de dos años". (Imagen: María Amparo Martínez)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 6 min

Publicado




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Una juez «rebaja» de 6.000 euros a 300 una indemnización por daño moral porque la víctima es abogada

La víctima, María Amparo Martínez Marián, presidenta de Defenda, denuncia que eso es discriminación negativa

Esta letrada del turno de oficio critica "lo barato que le han salido a su cliente, el denunciado, las amenazas y coacciones contra ella", que ha sufrido "un calvario de dos años". (Imagen: María Amparo Martínez)



«Es lamentable lo barato y rentable que sale hoy en día causar lesiones psicológicas, amedrentar, amenazar y coaccionar por escrito a una letrada de forma mantenida en tiempo». Así lo denuncia en Economist & Jurist la víctima del caso, la abogada María Amparo Martínez Marián, presidenta de Defenda.

Esta letrada denunció en julio de 2022 a un cliente del turno de oficio por amenazas y coacciones, y el juicio se celebró el pasado mes de octubre en el Juzgado de Instrucción número 4 de Torrejón de Ardoz (Madrid) por un delito leve. Ella estaba convencida de que fuera por un delito grave, «pero lamentablemente no fue así», por lo que podía saldarse con multa de uno a tres meses. 



Recientemente, le ha sido notificada la sentencia (número 187/2023, de 18 de octubre), en la que la magistrada Marta Gala García ha impuesto al denunciado por un delito leve de amenazas una multa de 180 euros, eso es dos meses de multa con 3 euros de cuota diaria, y que indemnice a la víctima con 300 euros por los perjuicios y daños morales sufridos, más las costas judiciales. Para la denunciante, es  «muy triste la pena impuesta». «Una ridiculez comparado con los perjuicios que me ha ocasionado a mí», afirma.



Según informa, tanto la Fiscalía como las dos acusaciones particulares, una ejercitada por el amparo colegial del ICAM, a través de la diputada Lola Fernández Campillo, y la otra por la asociación Defenda, a través de Rosa Huertas, pedían 6.000 euros en concepto de daños morales, y por el delito de amenazas una multa de 3 meses a 12 euros, en total 1.080 euros.

«Lo más insultante y bochornoso para toda la abogacía es lo que da a entender la sentencia cuando argumenta el motivo por el que no concede los 6.000 euros y lo rebaja a 300 explicando que para cuantificar ese daño moral tiene en cuenta las circunstancias de la víctima, en este caso una persona con formación, letrada en ejercicio», denuncia María Amparo Martínez. 



De izquierda a derecha: Lola Fernández Campillo, diputada del ICAM; María Amparo Martínez Marián, presidenta de Defenda; Rosa Huertas, abogada de la acusación particular de Defenda; José Antonio Martínez y Anselmo Carrasco, abogados de la asociación, el día del juicio. (Imagen: Defenda)

Discriminación negativa

Ya ha pedido aclaración de la sentencia, «para que la magistrada explique esa discriminación negativa que hace cuando justifica el rebajar a 300 euros la indemnización por daños morales sólo por el hecho de ser abogada la víctima», algo que le parece «gravísimo.

Martínez subraya que antes que abogada es persona, y que el grado de sufrimiento no lo determina la profesión, «pues ese padecimiento es el mismo que el que haya podido tener una barrendera, una cajera o una peluquera, sin distinción». «El acoso es acoso; las amenazas, amenazas; las lesiones psicológicas, lesiones. Da igual a qué se dedique la víctima», sentencia.

«¿O acaso a las abogadas se nos exige y se nos presume que debemos tener un mayor nivel de resiliencia que cualquier otra mujer? ¿O las abogadas tenemos que tener ‘callo’ y aguantar lo que nos echen encima simplemente por ser ‘letrada en ejercicio’?», plantea indignada. Una vez obtenga la aclaración, se alzará en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid contra esta sentencia.  

También critica que a pesar de haber estado seis meses con tratamiento farmacológico,  tres meses de baja, y un parte de lesiones del médico forense que le  reconoció 62 días, de los cuales 58 fueron impeditivos y cuatro no, «incomprensiblemente» este procedimiento no se llevó por un delito de lesiones, lesiones psicológicas del artículo 147.1 del Código Penal, ni por obstrucción a la justicia, del artículo 464, ni tampoco por atentado a la autoridad, del artículo 550″, pese a que en su día recurrió para que lo transformaran a diligencias previas.

El calvario sufrido

María Amparo Martínez fue designada como abogada del turno de oficio del ahora condenado en abril de 2020 para un caso de reclamación de cantidad frente a Orange, en la vía Civil. En el curso de esa relación abogado-cliente se intercambiaron multitud de correos electrónicos y algunas llamadas, dando el denunciado en alguno de esos correos «su opinión sobre cómo tenía que llevarse el asunto o insistiendo en la presentación de la demanda, no existiendo buen entendimiento entre ambos sobre cómo llevar el procedimiento». 

Según los hechos probados, el 13 de julio de 2022, a las 18.29 horas, el condenado le envió desde su correo un ‘email’ diciendo: «Ahora bien, la prevengo y la advierto que, como la pille en un renuncio, sea el que sea, o lo más mínimo, bien sea usted o el procurador o me entere que haya llegado, a espaldas mías un acuerdo con la parte contraria, le garantizo que dedicaré vida personal a destruirla». «Y también si por un casual usted hace que pierda el caso en juicio o se archiva y cierra el caso, de igual manera, haré que me lo pague con intereses», añadió.

La denunciante afirma que ese fue «uno de los muchos, incesantes, periódicos, agresivos y exigentes correos electrónicos que durante más de dos años» recibió de este justiciable, designado de oficio en abril de 2020. Tras recibir este en concreto, tuvo que acudir hasta en dos ocasiones, en menos de 8 horas, a los servicios de urgencias por el alto grado de ansiedad que estaba padeciendo.

A raíz de este suceso estuvo dos meses de baja, con una prescripción médica de ansiolíticos, y recibió tratamiento psicológico. Sin embargo, aunque estaba de baja, no se le paralizaron los plazos de los casos que llevaba, por lo que tuvo que seguir trabajando, otra cuestión que critica. Al dar parte de la denuncia al ICAM, consiguió que se le retirara este cliente, a quien se le asignó un nuevo letrado del turno de oficio. 

En un primer momento, María Amparo Martínez prefirió no revelar su identidad al informar de su caso, «por miedo a represalias», pero al comprobar que a raíz de denunciarlo públicamente, otros compañeros también lo hicieron con los suyos, consideró necesario «vencer el miedo» y dar un paso más denunciándolo a cara descubierta y no de espaldas y con iniciales. Este no es el primer caso que padece con un cliente, pero sí el primero que hace público, y no piensa parar «hasta que se haga justicia».

María Amparo Martínez Marian, en una foto tomada para denunciar el caso públicamente. (Imagen: María Amparo Martínez)

Defenda reclama que los letrados del turno de oficio sean considerados autoridad 

«Sin duda, las leyes tienen que modificarse para que este tipo de sucesos no vuelvan a ocurrir», sostiene la presidenta de Defenda, asociación que reivindica que los letrados del turno de oficio sean considerados “autoridad” en el ejercicio de sus funciones y que todos los Colegios profesionales de la abogacía y el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) cuenten con un protocolo de actuación para proteger a sus colegiados.

Según afirma, hasta que eso ocurra, hay autos que dan «un halo de esperanza» a la abogacía, como uno dictado el pasado 11 de septiembre (340/2023) por la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, cuyo contenido supone «un gran avance en la lucha férrea que mantiene Defenda» para que se consiga que a los abogados del turno de oficio, en el ejercicio de sus funciones, se les considere de una vez como autoridad.

«Ese auto es un gran paso, porque, por fin, reconoce que los letrados del turno de oficio pueden ser sujetos pasivos de un delito de atentado a la autoridad. Y lo deja muy claro, dice textualmente: ‘pudiendo entenderse que el ejercicio de la abogacía de oficio participa del ejercicio de funciones públicas'», apunta. La presidenta de Defenda también señala que el Ministerio Fiscal, «con buen criterio, ha sabido ver la diferencia entre la concepción penal y administrativa de funcionario público, y así se ha recogido en el mencionado auto». 

Esta asociación reclama, asimismo, entre otras medidas, la elaboración de protocolos de prevención y actuación frente a la violencia durante la prestación de servicios públicos. Indica que el ICAM cuenta desde 2019 con un Protocolo de Actuación en situaciones de Acoso, Amenazas, y/o Agresiones a Abogados, que Defenda reivindica para el resto de colegios. Esta abogada hace hincapié en que los colegios profesionales de la Abogacía “tienen que atender y detectar este tipo de problemas que tienen los letrados de oficio y atenderlos con premura, no esperar a que ya se hayan producido daños quizás irreparables”.

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