Wizink se allana en una nueva demanda por usura en revolving al verse sin opciones ante el Supremo
La entidad bancaria, cuyas pretensiones habían sido estimadas en dos instancias, se allanó a la demanda en vista de la doctrina sentada Tribunal Supremo
(Foto: ASUFIN)
Wizink se allana en una nueva demanda por usura en revolving al verse sin opciones ante el Supremo
La entidad bancaria, cuyas pretensiones habían sido estimadas en dos instancias, se allanó a la demanda en vista de la doctrina sentada Tribunal Supremo
(Foto: ASUFIN)
Ni una, ni dos, ni tres. Wizink Bank sigue sumando condenas por contratos usurarios de tarjetas de crédito de la modalidad revolving, tanto por intereses abusivos como por condiciones contractuales leoninas. En este caso, la entidad bancaria, cuyas pretensiones habían sido estimadas en dos instancias, se allanó a la demanda en vista de la doctrina sentada por el Tribunal Supremo días antes de presentar su escrito.
Así, el Alto Tribunal acaba de estimar el recurso de casación contra una sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña, que dio la razón al Juzgado de Primera Instancia número 9 de A Coruña al considerar que el contrato de una revolving con un interés de 26,82% TAE no debía considerarse nulo por usurario. El recurrente alegó, entre otras cuestiones que la sentencia de la AP transgredía la doctrina del TS relativa al control de transparencia en contratos con consumidores. En concreto, a su parecer se estaba produciendo una “violación del artículo 4.2 de la Directiva 1993/13/CEE, de 5 abril sobre cláusulas abusivas en contratos celebrados con consumidores”. Se presentó igualmente un recurso por infracción procesal al entender que se había producido una error en la valoración de la prueba en instancias anteriores.
Wizink Bank se opuso al recurso y señaló que la demanda había sido satisfecha de forma extraprocesal. Pero el demandante mostró su intención de seguir adelante con el procedimiento judicial. «En ese momento no cabía esa satisfacción, no resultaba procedente», manifiesta el coordinador de la plataforma Reclama Revolving, Ricardo Cortines, implicado en el caso. Posteriormente, la entidad bancaria se allanó a las pretensiones de la demanda, solicitando en su escrito que se estimaran los recursos por infracción procesal y de casación que había presentado el demandante. Esto, señala el tribunal en la sentencia 439/2023, supone que el recurso ha de ser estimado. “El art. 21.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que cuando el demandado se allane a todas las pretensiones del actor, el tribunal dictará sentencia condenatoria de acuerdo con lo solicitado por este”, apunta el Tribunal.
«Pretendíamos que se pronunciase sobre la transparencia»
Lo curioso de este caso es que el demandante se opone al allanamiento de Wizink Bank señalando que “el interés general se vería contrariado y, por tanto, no debe atenderse al allanamiento”. ¿Por qué? Argumenta Ricardo Cortines que el allanamiento no debía ser a la demanda sino que, en casación, debería allanarse al recurso. Y en el recurso de casación lo que se solicitaba es entrar a fondo en la cuestión, que el Tribunal Supremo se pronunciase, no ya sobre la usura de la que no cabía duda vista la doctrina y la posición que finalmente había adoptado la entidad bancaria, sino sobre la transparencia. Lo que pretendió Wizink con este movimiento, sostienes Cortines, es «reconducir el procedimiento hacia la usura evitando un pronunciamiento sobre el conocimiento que el consumidor tiene sobre el coste, algo que, por el propio funcionamiento del revolving resulta imposible. No es hasta ahora que se está empezando a obligar a hacer simulaciones».
Pero sus objeciones han sido desestimadas por la Sala de lo Civil, que señala que “en el recurso de casación, el demandante no puede obtener más de lo solicitado en la demanda” y recuerda que no cabe ya entrar a resolver las cuestiones planteadas de forma subsidiaria, dado que la estimación es plena. Y añade que “ cuando el demandado acepta la pretensión que le ha sido formulada, allanándose a la misma, no puede pretenderse que el tribunal de casación se pronuncie sobre el fondo del asunto una vez que no queda derecho subjetivo que proteger”.
«La oposición de Wizink carecía de base»
Considera el Tribunal Supremo que no existe mala fe en el allanamiento pues, como señala la entidad bancaria en su escrito, “pocos días antes de presentarlo se publicó una sentencia del pleno de esta sala, 258/2023, de 15 de febrero, en la que se fijaba una doctrina”, que dejaba sin opciones a la entidad, al carecer de base su oposición a la pretensión principal de la demanda.
De esta forma, el tribunal declara la nulidad por usurario del contrato, teniendo el afectado que devolver solo la suma recibida de la que deben deducirse las cantidades satisfechas en concepto de intereses remuneratorios, intereses de demora y comisiones. Esto se traduce en el ingreso 6.200 al recurrente por parte de la entidad. Además, Wizink tendrá que pagar las costas procesales de la primera instancia.