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Artículos

Accidentes sufridos en patinete eléctrico: un análisis jurídico

Los patinetes eléctricos deben de circular por el ‘carril bici’ o, subsidiariamente, por la calzada a una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora.

(Diseño: Cenaida Martín)

Javier Risueño Martí

Abogado socio de JRM Abogados




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




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Accidentes sufridos en patinete eléctrico: un análisis jurídico

Los patinetes eléctricos deben de circular por el ‘carril bici’ o, subsidiariamente, por la calzada a una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora.

(Diseño: Cenaida Martín)



Desde hace un tiempo las calles presumen de un nuevo Vehículo de Movilidad Personal (VMP): el patinete eléctrico. Éste ha logrado expandirse gracias a su manejabilidad, comodidad y bajo coste. Sin embargo, aún a día de hoy existen grandes incógnitas sobre su uso en el ámbito jurídico.

Los patinetes eléctricos deben de circular por el ‘carril bici’ o, subsidiariamente, por la calzada a una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora. Además, según la Audiencia Provincial de Cáceres (SAP Cáceres 44/2020), la conducción de este tipo de vehículos requiere el permiso de conducir por su condición de ciclomotores, siempre y cuando su velocidad supere los 25 km/h.



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