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Apuntes sobre la competencia de jurisdicción en materia de responsailidad patrimonial de las administraciones públicas

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Apuntes sobre la competencia de jurisdicción en materia de responsailidad patrimonial de las administraciones públicas

(Imagen: E&J)



Con la aprobación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, arts.139 y ss., y su desarrollo por el real Decreto 429/19993, de 26 de marzo, se pretende restablecer el sistema de unidad jurisdiccional a favor de los Tribunales contencioso-Administartivos» para conocer  de las reclamaciones por responsabilidad patrimonial de la Administarción Pública, implantado por el art.3 b) de la Ley Reguladora de la jurisdicción contencioso-Adminsitrativa del 27 de diciembre de 1956, el cual establece que la Jurisdicción contencioso-Administrativa conocerá de : «las cuestiones que se susciten sobre la responsabilidad patrimonial de la Administración pública.»


(..) Texto íntegro





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