Blockchain; ¿el futuro verificador de la práctica jurídica?
Blockchain; ¿el futuro verificador de la práctica jurídica?
I.- Introducción a Blockchain.
A lo largo de los últimos meses, mucho se ha escuchado acerca de blockchain, pero todavía no somos capaces de definirlo o, incluso, entenderlo.
Todos sabemos que blockchain es una cadena de bloques, es decir, se genera un registro en el que todas las anotaciones están concatenadas entre sí, haciendo cada vez más creciente la seguridad del mismo. Además, se produce la diseminación de la matriz de prueba con el uso de algoritmos de destilación. No es más que una combinación de tecnologías con un propósito acreditativo; procedimientos codificados que acreditan la existencia de eventos acaecidos en la red. (Por ejemplo, los creadores de Bitcoin conocen la clave privada de la primera transacción).
Lo relacionamos con las criptomonedas (bitcoin fue la pionera pero existen varias más; Ether – de Ethereum – y Dash. Este último tipo de criptomoneda es uno de los sistemas más novedosos), y es que blockchain es el programa que sirve de base para un determinado tipo de criptomoneda, pero también tiene crecientes utilidades en la industria.
II.- Cómo funciona blockchain.
Blockchain es un sistema que funciona como prueba de cotejo.
Yo dispongo de un contrato (fichero) que quiero registrar en blockchain para después operar como smart contract. Un smart contract es un contrato programado para ejecutarse automáticamente de cumplirse ciertas condiciones como un incumplimiento, sin terceros interpuestos y garantizando la inmutabilidad de lo dispuesto), y para ello vamos a necesitar de la tecnología blockchain.
El primer paso es la aplicación de un algoritmo sobre ese fichero, obteniendo una sucesión de 50 caracteres hexadecimales que lo representan (hash).
Es irreversible, el algoritmo convierte al fichero en una sucesión de caracteres sin sentido aparente. Si caemos en la tentación de modificar una coma, el hash cambiará y se informará a cada uno de los nodos (ordenadores que almacenan ese fichero) a fin de verificar el cotejo.
Este sistema es similar a la clásica diseminación de la matriz de un documento entre varios notarios. Para garantizar que el documento no sufre alteraciones, lo entrego a 6 notarios diferentes (nodos), por lo que sí quiero modificar algo lo debo comunicar a todos ellos y si el archivo de modifica, son los seis los que deben llegar a un consenso.
El uso y configuración de blockchain está ligado con la figura del “tercero de confianza”, ya regulada tímidamente en el artículo 25 de la LSSI, en el cual se indicaba que:
Artículo 25 Intervención de terceros de confianza
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