Canal de denuncias: el sistema que todas las empresas y Administraciones deben tener
"Para el buen funcionamiento del canal de denuncias, es requerido que la empresa u organización designe a un órgano interno o externo de control"
(Foto: E&J)
Canal de denuncias: el sistema que todas las empresas y Administraciones deben tener
"Para el buen funcionamiento del canal de denuncias, es requerido que la empresa u organización designe a un órgano interno o externo de control"
(Foto: E&J)
¿Qué es un canal de denuncias? Es una herramienta que permite detectar comportamientos irregulares o ilícitos dentro de la propia empresa, independientemente de que estos infrinjan normativas nacionales, internacionales, o la propia normativa interna de la empresa. A través del canal de denuncias interno, los miembros de la empresa y externos vinculadas a la misma, pueden denunciar dichos comportamientos, para que el correspondiente órgano o comité investigue las denuncias recibidas.
Dada su obligatoriedad, implementar canales de denuncia son de máxima urgencia en los órganos y corporaciones públicas. Por ello, a continuación te explicamos cómo aplicarlo cuanto antes. ¡Sigue leyendo para saber más!
¿Es obligatorio implantar un canal de denuncias?
Efectivamente, es obligatorio implantar un canal de denuncias desde el 17 de diciembre de 2021. Esta obligatoriedad se aplica a las empresas públicas y privadas que cuenten con más de 50 trabajadores en plantilla, o aquellas que lo requieran debido a su actividad y el correspondiente nivel de riesgo de implementar procedimientos internos de denuncia.
Algunas de estas empresas son:
- Empresas de más de 50 empleados.
- Universidades y centros educativos públicos.
- Partidos Políticos.
- Empresas con menos de 50 empleados, pero obligadas por normativas específicas.
- Sindicatos
La medida surge tras la aprobación de la Directiva Europea, 2019/1937 de 23 de octubre, referente a la protección de los informantes sobre infracciones del Derecho de la Unión, conocida como DIRECTIVA WHISTLEBLOWING.
Esta necesidad de utilización de un canal de denuncias obligatorio ya se encuentra regulada en el sector financiero por la Ley de Blanqueo de Capitales (Ley 10/2010, de 28 de abril), junto con el artículo 31 bis del Código Penal como “la obligación de informar de posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y observación del modelo de prevención.” Estos canales de denuncias deberán garantizar la protección de los denunciantes o informantes de prácticas irregulares en el seno de su organización.
En materia de Compliance Penal, debemos recordar la urgencia e importancia de la implantación de un canal de denuncias, configurándose como elemento clave del cumplimiento corporativo de cualquier organización.
Características del canal de denuncias
Para garantizar la protección del denunciante, un canal de denuncias empresarial debe contar obligatoriamente con los siguientes elementos esenciales:
- Permitir formular denuncias tanto por escrito, como verbalmente, así como por vía telefónica u otros sistemas de mensajería de voz y, también de manera presencial si así lo solicita el denunciante.
- Confidencialidad del denunciante y del tratamiento de cualquier comunicación.
- Acusar recibo de la denuncia en un plazo máximo de 7 días.
- Designar a una persona o servicio imparcial que sea competente para tramitar y recibir las denuncias.
- Plazo máximo de 3 meses para dar respuesta al denunciante sobre la tramitación de la denuncia.
- Siempre se partirá de la presunción de inocencia y se respetarán los derechos de todas aquellas personas que aparezcan involucradas de un modo u otro.
El canal de denuncias es una medida de control, eficaz y útil en la prevención de delitos y en la detección de actuaciones irregulares, sospechosas o ilícitas. Además, contribuye a mejorar la transparencia.
¿Cómo funciona el canal de denuncias?
Para el buen funcionamiento del canal de denuncias, es requerido que la empresa u organización designe a un órgano interno o externo de control. Este órgano de control supervisará el cumplimiento normativo, tanto de la legislación que afecte a la empresa como su propio código de conducta o código ético. Pero no sólo eso, además, el órgano de control participará activamente en la difusión del código ético de la compañía, en la resolución de denuncias y atenderá consultas al respecto.
Este órgano contribuye a mantener vivo y actualizado el sistema de prevención de delitos, ya que reportará periódicamente al Órgano de Administración las consultas y denuncias recibidas, etc.
Externalizar el canal de denuncias, una solución para la urgencia de su implementación
Como hemos mencionado antes, es imperativo que las Administraciones y empresas públicas implementen un canal de denuncias. Pero, también sabemos que no siempre es posible dedicarle el tiempo que requiere o se carece de los conocimientos. Por ello, nuestra recomendación y solución para aplicarlo se basa en externalizar el canal. Dicha acción mejorará tu empresa en cuanto a los siguientes beneficios:
- Fomenta su uso al no temer represalias, debido a que al externalizar el canal se garantiza completamente el anonimato del denunciante.
- El canal lo atenderá personal experto en la recepción y tratamiento de denuncias.
- Mayor independencia y objetividad al gestionar las denuncias y recomendar medidas de corrección.
Desde Grupo Atico34, nuestros abogados especializados se encargarán de todo el proceso de implementación, incluyendo la gestión, evaluación y seguimiento de las denuncias recibidas en el canal, así como te ofrecerán asesoramiento jurídico sobre medidas de corrección.