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Artículos

Claves para crear un contrato de compraventa en nuda propiedad

"Actualmente se ha extendido su uso y algunos particulares optan por comprar un inmueble en nuda propiedad otorgando el usufructo vitalicio del vendedor"

(Foto: E&J)

Daniel Franco

Responsable del Departamento de Contenidos en Global Economist & Jurist




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




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Claves para crear un contrato de compraventa en nuda propiedad

"Actualmente se ha extendido su uso y algunos particulares optan por comprar un inmueble en nuda propiedad otorgando el usufructo vitalicio del vendedor"

(Foto: E&J)



La nuda propiedad es cada vez más común, pues cada vez más clientes acuden a despachos a fin de que se les explique esta figura y se redacte un contrato que blinde sus intereses.

Concepto

La nuda propiedad se entiende en el derecho civil español como el mantenimiento de la titularidad de un bien o derecho limitado al ejercicio de su propiedad, ya que el goce y disfrute del mismo (usufructo) corresponde a otra persona.



Si bien la figura del usufructuario se recoge en el Título VI, Capítulo 1 del Código Civil, la regulación o más bien mención normativa de la nuda propiedad es dispersa, destacando el Art. 489 del mismo cuerpo.

Compraventa de inmueble

Inicialmente el uso de esta figura jurídica en el marco de la compraventa de inmuebles era usado únicamente por inversores, actualmente se ha extendido su uso y algunos particulares optan por comprar un inmueble en nuda propiedad otorgando el usufructo vitalicio del vendedor. Los beneficios son claros:

  • Comprador nudo propietario: Tiene que esperar al deceso del propietario, pero a cambio obtiene la finca a un precio sensiblemente inferior al que pagaría en una compraventa sin reserva de usufructo, si bien dependerá de los factores concretos del caso, la vivienda puede llegar a bajar entre un 30% – 40% de su valor en mercado o incluso más.
  • Vendedor usufructuario: Obtiene el dinero de la venta de su vivienda sin perderla. Generalmente se adscriben a esta figura personas mayores con dificultades económicas, o que no tienen herederos y quieren disfrutar de un plus monetario con el que complementar la pensión o abonar cuidados que necesiten.

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