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Cómo acceder al EPI tras la Reforma de la Ley de la segunda Oportunidad (I/II)

"La solicitud del EPI podrá presentarse por parte del deudor concursado, ante el juez del concurso, dentro de los 10 días siguientes, a contar desde que venza el plazo para que los acreedores que representen el 5% del pasivo"

Entrada a los Juzgados de Plaza Castilla en Madrid. (Foto: EFE)

Marta Bergadà Minguell

Abogada y Socia-fundadora de Bergadà Abogados




Tiempo de lectura: 4 min



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Cómo acceder al EPI tras la Reforma de la Ley de la segunda Oportunidad (I/II)

"La solicitud del EPI podrá presentarse por parte del deudor concursado, ante el juez del concurso, dentro de los 10 días siguientes, a contar desde que venza el plazo para que los acreedores que representen el 5% del pasivo"

Entrada a los Juzgados de Plaza Castilla en Madrid. (Foto: EFE)



El Texto Refundido de la ley Concursal (TRLC), ha sido reformado, para adaptarlo a la normativa europea de insolvencia 2019/1023 y tras un vaivén de idas y vueltas del Congreso al Senado, definitivamente esta Reforma se ha aprobado el 25 de agosto de este mes, pendiente de sanción y publicación en el BOE y de su entrada en vigor.

Dentro del TRLC, se encuentra la muy conocida y renombrada norma de la ley de la Segunda Oportunidad que se encuentra en el Libro Primero, Título XI, Capítulo II, y abarca los artículos 486 al 452, con la denominación de exoneración del pasivo insatisfecho, o EPI, a partir de ahora (antes BEPI).



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