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Consejos para abogados altamente efectivos: hazte respetar cumpliendo con lo prometido

“Los abogados debemos ser coherentes y congruentes desde la primera reunión con nuestro cliente”

(Foto: E&J)

Luis Romero Santos

Socio director de Luis Romero Abogados y doctor en Derecho Penal.




Tiempo de lectura: 4 min

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Consejos para abogados altamente efectivos: hazte respetar cumpliendo con lo prometido

“Los abogados debemos ser coherentes y congruentes desde la primera reunión con nuestro cliente”

(Foto: E&J)



Como dijimos en el artículo anterior, debemos ser sinceros con nuestro cliente desde el primer momento dejándole todas las cuestiones muy claras. La confianza entre abogado y cliente es esencial, y ésta debe basarse en una información veraz por parte del profesional y por parte de nuestro defendido.

No estamos obligados a prestar otros servicios distintos a aquellos que hemos recogido en el contrato que hemos suscrito con el cliente

Además de la confianza, el respeto mutuo es fundamental en una relación profesional que puede durar meses o años. La conducta respetuosa debe estar presente desde el inicio. Por nuestra parte, los abogados debemos ser coherentes y congruentes desde la primera reunión con nuestro cliente no haciendo falsas promesas sino siendo realistas y parándole los pies muchas veces al ciudadano que tenemos sentado frente a nosotros.



La administración de justicia hoy en día

Advirtamos a nuestro cliente de la situación de la administración de justicia hoy en día en España, pues a veces comprobamos que hace un siglo funcionaba quizás mejor ya que entonces además había menos litigiosidad ¿Cómo pueden decirme en un juzgado de instrucción de Orense en el que he presentado escrito de personación hace más de un mes que espere a que me tengan por personado para entregarme copia del expediente? ¿Cómo explico a mi defendida que cuarenta días después no tengo las actuaciones para poder asesorarle tras cambiar de abogado y confiar en mí?

Pues debo explicarle que en España la justicia es así y que he presentado un escrito quejándome de la situación y que mi cliente no debe sufrir indefensión por la mala organización de ese juzgado o del funcionario concreto que lleva ese expediente. Y le explicaremos a nuestro cliente lo de “Vuelva usted mañana”, que no ocurría sólo en las escenas narradas por Mariano José de Larra a mitad del siglo XIX sino que ya avanzado el siglo XXI sigue siendo un tema de actualidad. Los plazos son obligatorios para los abogados y los procuradores, pero no para los jueces y los fiscales.

Una vez establecida la base de la relación con el cliente, habremos de cumplir con lo prometido. Es decir, cumplir con lo que nos hemos comprometido:



  1. Realizar nuestro trabajo

Llevaremos a cabo el encargo profesional que nos ha hecho nuestro cliente. Prestaremos nuestro servicio en defensa de sus intereses cumpliendo con nuestra obligación profesional según nuestro leal y saber entender, de acuerdo con nuestros conocimientos y experiencia. Y pondremos todos los medios para ello, de la forma más diligente y haciendo todo lo posible para obtener el mejor resultado sin que podamos asegurar éste, naturalmente. No somos magos.

Pero no estamos obligados a prestar otros servicios distintos a aquellos que hemos recogido en el contrato que hemos suscrito con el cliente. Si el cliente desea que le defendamos en otro caso, aunque esté relacionado con el primero, firmemos otra hoja de encargo o un anexo a la primera hoja. Porque alguna vez nos encontraremos con frases como: “Eso también estaba incluido” “Yo creía que estaba incluido todo en el precio”.

  1. Informar a nuestro cliente

Informaremos a nuestro cliente de cuantas novedades se produzcan en su procedimiento o en las gestiones extrajudiciales que estemos llevando a cabo. Por muy bien que lo estemos haciendo, el cliente debe saber lo que está ocurriendo. Igualmente, debe saber que su procedimiento está parado si es así: un correo o una llamada para informarle que no hay novedad alguna en su caso serán agradecidos por el mismo, pues si lleva meses sin saber nada de nosotros puede pensar que nos hemos olvidado de él.

“No le demos la cita para dentro de unos meses o demoremos la respuesta a su llamada indefinidamente”. (Foto: E&J)

De la misma forma, a través de nuestra secretaria le daremos una cita a nuestro defendido cuando la entrevista personal sea más adecuada que un correo, un mensaje o una llamada.

Tanto si nos notifican una resolución positiva para los intereses de nuestro cliente como si es una resolución perjudicial para él, debemos de informarle de inmediato no dejando pasar el tiempo. Hay que comunicarle tanto lo bueno como lo malo rápidamente. No dejemos pasar los días o semanas, por muy ocupados que estemos.

Que no sea el cliente el que nos diga: “El juicio es la semana próxima ¿Cuándo nos dará la cita? ¿Va entrevistarse ya con nuestros testigos?”

  1. Atender al cliente

Cuando sea el cliente el que nos llame para hablar con nosotros o para solicitar una cita, atendamos su llamada en cuanto podamos, aunque sea a través de nuestros administrativos. No le demos la cita para dentro de unos meses o demoremos la respuesta a su llamada indefinidamente, como me dijo un famoso abogado una vez en el mes de enero: “Yo ya le estoy diciendo a mis clientes que hasta abril no estaré disponible, tengo mucho trabajo”.

Deleguemos la tarea de responder a las múltiples llamadas y mensajes en nuestros colaboradores

Por muy ocupados que estemos, siempre podremos informar a nuestro cliente a través de una rápida llamada, un correo o un mensaje. Y si no podemos hacerlo nosotros directamente porque estemos preparando un juicio, celebrándolo, concentrados en un importante recurso, yendo de un sitio a otro sin parar, con el teléfono con muchas llamadas en rojo, las bandejas de entrada de nuestro correo y WhatsApp colapsadas: paremos un momento y tomemos nota en nuestra agenda de todos esos contactos y establezcamos prioridades en las respuestas.

Deleguemos la tarea de responder a las múltiples llamadas y mensajes en nuestros colaboradores, ya sean nuestros administrativos o los abogados en prácticas o los más veteranos que nos ayudan. No siempre estaremos disponibles para atender inmediatamente a aquel que nos necesita y que nos reclama. No somos máquinas, no podemos estar disponibles 24 horas al día y 365 días al año.

  1. Nuestros honorarios

Respecto a nuestros honorarios, seamos transparentes fijando el importe de los mismos en la hoja de encargo profesional. Y si no podemos establecer unos honorarios fijos, establezcamos las pautas para que en su día puedan concretarse los mismos y no sean un motivo de disputa con el cliente.

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