Consultorio jurídico: ¿quién asume las costas en los procedimientos de cláusulas suelo?
La reclamación extrajudicial del artículo 395.1 LEC juega un papel crucial a la hora de apreciar mala fe en casos de allanamiento e imponer el pago de las costas a la parte allanada
Consultorio jurídico: ¿quién asume las costas en los procedimientos de cláusulas suelo?
La reclamación extrajudicial del artículo 395.1 LEC juega un papel crucial a la hora de apreciar mala fe en casos de allanamiento e imponer el pago de las costas a la parte allanada
Antecedentes
La declaración de nulidad de cláusulas suelo supuso un auténtico maremágnum jurídico que a día de hoy seguimos asimilando. En 2013 el Supremo declaró la nulidad de estas cláusulas sin darle efecto retroactivo, y en 2016 el Tribunal de Justicia Europeo estableció definitivamente la retroactividad de dicha nulidad. La consecuencia de estas sentencias se traduce en decenas de miles de demandas en las que los consumidores reclaman la devolución de los importes indebidamente abonados y se estima que la banca ha devuelto miles de millones de euros cobrados indebidamente a los firmantes de créditos hipotecarios con este tipo de cláusulas insertas. El desarrollo jurisprudencial desde entonces ha sido incesante en todos los aspectos y, sin duda, uno de los que más interés genera es el pago de las costas.
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