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Cuando criticar a los jueces no sale -o sí sale- gratis

"Desde el juego de los tres poderes resulta especialmente gravoso que miembros del Ejecutivo hagan públicas sus críticas, nunca jurídicas, a las resoluciones judiciales, únicamente cuando entorpecen sus intereses políticos"

(Fotos: E&J/Animación: Sebastián Moraga)

Pablo Capel Dorado

Director general de Economist & Jurist Group




Tiempo de lectura: 6 min

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Cuando criticar a los jueces no sale -o sí sale- gratis

"Desde el juego de los tres poderes resulta especialmente gravoso que miembros del Ejecutivo hagan públicas sus críticas, nunca jurídicas, a las resoluciones judiciales, únicamente cuando entorpecen sus intereses políticos"

(Fotos: E&J/Animación: Sebastián Moraga)



La parafernalia retórica en política, desde la Transición, ha configurado una fórmula por la cual nuestros elegidos pueden criticar abiertamente las resoluciones judiciales y a los jueces y magistrados: “Respetamos la sentencia, pero…”. Lo que suele venir después de la conjunción pero se mueve en el filo de la navaja entre la escenificación material del deseo por controlar a la Justicia y el más desaforado vituperio cuando las de marras atentan contra sus intereses.

Sin embargo, no todos los gremios disfrutan de la misma aquiescencia por parte de jueces y magistrados: decenas de periodistas han sido condenados en firme por verter críticas a determinadas sentencias. En paralelo, determinados miembros del Ejecutivo nacional o autonómico han puesto en entredicho la imparcialidad de los tribunales o incluso han presionado públicamente a fiscales para que actúen o a jueces para que se inhiban de según qué causas.



Condenas por criticar resoluciones a jueces

En un contexto de resaca puritana y en el lindero entre la España bajo palio y la de la horterada intempestiva, en 1978, la directora de la edición Play Lady, Mayte Mancebo, junto con celebridades como Luis García Berlanga, fue condenada a 32 años de inhabilitación profesional por haber publicado unas fotografías consideradas como pornográficas. El delito imputado era el de escándalo público, tipo penal derogado en 1988.

Una de las portadas de la revista Play Lady (Foto: AbeBooks)

Por el caso de Mayte Mancebo y Play Lady, Juan Luis Cebrián, a la sazón director de El País, publicó un editorial en el mismo medio en el que manifestó su disconformidad con la sentencia: «Mayte Mancebo acaba de ser condenada en una sentencia que recuerda los mejores tiempos nazis, o los actuales de un Amin Dada». Por el texto, en el que ni siquiera se alude directamente a miembros del poder judicial o a la propia Administración de Justicia, sino que simplemente establece paralelismos históricos en el contexto de la sentencia, Cebrián fue condenado: primero por la Audiencia Provincial de Madrid por delitos de desacato a la institución judicial (art. 504 C.P.); y luego por el Tribunal Supremo, manteniendo la condena por el mismo delito, a tres meses de arresto y a una multa de 50.000 pesetas.



Juan Luis Cebrián, en una entrevista durante los años 70 (Foto: lahemerotecabuitre)

Ya en el terreno de la lógica jurídica, peor suerte corrió Carlos Dávila en 2011 cuando era director del diario La Gaceta (grupo Intereconomía), que tras una de sus apariciones en el programa de televisión El Gato al Agua, fue condenado por un delito de injurias graves (art. 209 C.P.) a indemnizar con 5.000 € y a una multa de 30 € durante 11 meses, además de a publicar la sentencia y a las costas procesales, por referirse de esta guisa al juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz: «A mi este tipo me avergüenza que esté en la Audiencia Nacional por mucho flequillo que lleve el cabrón». La diatriba del periodista tuvo como fuste el auto que fijó la libertad del etarra Iñaki Rentería.

Carlos Dávila, interviniendo como tertuliano en el programa El gato al agua, de Intereconomía (Foto: Intereconomía)

Que la judicatura defiende con exceso de celo su integridad ante las supuestas extralimitaciones de periodistas es un hecho. Prueba de ello es que instancias supranacionales han enmendado la plana a las domésticas por condenar a personas que sencillamente mostraron divergencia con alguna sentencia. El Tribunal de Estrasburgo, en marzo de 2021, condenó al Reino de España a pagar 32.240 € a Sergio Benítez Moriana e Ivo Aragón Íñigo Fernández (portavoces de la Plataforma Ciudadana Aguilar Natural), que fueron condenados también por injurias graves hechas con publicidad por publicar una carta en El Diario de Teruel en el que criticaban la resolución judicial emitida por la magistrada Elena Marcén por la que se permitía a la empresa WBB-Sibelco explotar una mina en Aguilar de Alfambra: «Da la impresión de que usted dictaminó primero y luego motivó, bajo la apariencia formal de un dictamen pericial poco convincente. Usted tiene autoridad, pero no representa a la justicia», rezaba la misiva.

«El Tribunal de Estrasburgo, en marzo de 2021, condenó al Reino de España a pagar 32.240 € a Sergio Benítez Moriana e Ivo Aragón Íñigo Fernández» (Foto: E&J)

Manifestaciones de políticos o el clamoroso doble rasero de la Justicia

El agravio comparativo entre el tratamiento judicial a periodistas y a políticos ante críticas publicadas, algunas de ellas semejantes o directamente análogas, ante resoluciones judiciales, es evidente.

Después de que nuestro Gobierno atendiera los más que cuestionables indultos a los condenados por el denominado Procès, y de que nuestro Tribunal Supremo emitiera el preceptivo informe por el que se oponía a tales medidas de gracia, el president de la Generalitat, Pere Aragonès García, declamaba en una rueda de prensa institucional una supuesta “línea represiva propia de una causa general contra el independentismo”. En esta ocasión, y no de forma velada, el mandatario catalán podría estar, incluso, acusando a los magistrados de nuestro Alto Tribunal de un delito de prevaricación.

Pere Aragonès García, president de la Generalitat de Catalunya (Foto: EFE)

No menor fue la polémica desatada en abril de 2020, cuando nuestro exvicepresidente del Gobierno -ahora reciclado en locutor de radio-, Pablo Iglesias Turrión, tras conocer la sentencia condenatoria a su excompañera de filas Isabel Serra, deslizando que los tribunales sentenciadores no impartían justicia a los corruptos «gracias a sus privilegios y contactos». Lo cierto es que a Isabel Serra no la condenaron por protestar en un desahucio, sino por incurrir en delitos de atentado a la autoridad y lesiones, tipificados en los artículos 550 y 147.2 del Código Penal.

El propio expresidente del Gobierno Mariano Rajoy, cuando aún era líder de la oposición -allá por febrero de 2009- y en el marco de la trama Gürtel, hizo públicas unas declaraciones que podrían revertir idéntica gravedad que las anteriores: «Esto no es una trama del PP como algunos pretenden, esto es una trama contra el Partido Popular, que es una cosa muy distinta», decía el exlíder de los populares, que también tildó de «cacería» las investigaciones y de una «maniobra orquestada». De nuevo, y en este caso desde el Poder Legislativo, se volvía a acusar de prevaricación a los instructores de una causa que laminó, a la postre, su propia carrera política.

Mariano Rajoy Brey, expresidente del Gobierno (Foto: RTVE)

Sira Repollés, actual consejera de Sanidad del Gobierno de Aragón, en enero de este 2022 en una entrevista concedida al Heraldo de Aragón, afirmó que «hay motivos ideológicos en las decisiones de los jueces; que es un juego perverso», refiriéndose a la sentencia de nuestro tribunal de garantías por la cual se declaraba inconstitucional el primer estado de alarma. Estas declaraciones, además de pervertir -desde un punto de vista estético- la separación de poderes, consuman la más acendrada de las hipocresías, teniendo en cuenta que ella misma forma parte de uno de los dos bloques que actualmente quieren cooptar la sensibilidad de partido en el Tribunal Constitucional.

Sira Repollés (Foto: lacomarca.net)

Tres poderes subalternos y el «cuarto poder»

Desde el juego de los tres poderes resulta especialmente gravoso que miembros del Ejecutivo -por aquello de ostentar el poder material- hagan públicas sus críticas, nunca jurídicas, a las resoluciones judiciales, únicamente cuando entorpecen sus intereses políticos. Atenta en cómo se presenta ante la ciudadanía el factor estético de la separación de poderes. Y afecta a la credibilidad de unas instituciones que pierden al compás de su desatino cualquier componente de auctoritas.

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