Prohibir acumular dos pensiones del mismo régimen va contra el derecho europeo si supone discriminación a las mujeres
La corte europea contesta a una cuestión prejudicial de un juzgado de Barcelona
Sede del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. (Foto: Hispanidad)
Prohibir acumular dos pensiones del mismo régimen va contra el derecho europeo si supone discriminación a las mujeres
La corte europea contesta a una cuestión prejudicial de un juzgado de Barcelona
Sede del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. (Foto: Hispanidad)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido un fallo en el que establece que la norma española que impide acumular dos pensiones por invalidez cuando solo se ha cotizado a un régimen de la seguridad social es contraria al Derecho comunitario si supone una discriminación indirecta contra las trabajadoras.
La sentencia se produce a raíz de una cuestión prejudicial de un juzgado de Barcelona. La petición ha sido presentada en el contexto de un litigio entre una trabajadora y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en relación con la negativa de este último a aceptar la compatibilidad de dos pensiones de incapacidad permanente total reconocidas a la trabajadora en virtud del mismo régimen legal de seguridad social sobre la base de períodos de cotización y de lesiones diferentes.
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