Despido durante la baja por incapacidad temporal: ¿nulo o improcedente? ¿Nuevo escenario tras la “nueva Ley de Igualdad”?
La falta de concreción y la generalidad del texto normativo va a ser previsiblemente fuente de conflictividad en los tribunales
![](https://www.economistjurist.es/wp-content/uploads/sites/2/2022/07/young-businessman-feeling-worried-about-losing-his-job-and-thinking-of-something-in-the-office.jpg)
(Foto: E&J)
Despido durante la baja por incapacidad temporal: ¿nulo o improcedente? ¿Nuevo escenario tras la “nueva Ley de Igualdad”?
La falta de concreción y la generalidad del texto normativo va a ser previsiblemente fuente de conflictividad en los tribunales
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Una de las preguntas recurrentes en materia laboral es si el despido de un trabajador de baja por incapacidad temporal (IT) (si no hay causa o ésta no está justificada) debe ser declarado nulo o improcedente. No es una cuestión pacífica y además en los últimos meses se han abierto “nuevas vías” de posible declaración de nulidad en los tribunales.
A esto hay que añadir el posible impacto (pese a la falta de concreción del texto normativo) de la nueva Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, que abre una más que posible fuente de conflictividad en los tribunales en torno a la declaración de nulidad de los despidos de baja por IT.
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