Despidos por enfermedad: la Ley para la igualdad de trato y la no discriminación llega a los tribunales
"Ya tenemos pronunciamientos de diversos Tribunales Superiores de Justicia dejando claro que no cabe su aplicación cuando el despido se haya efectuado antes del 14 de julio de 2022"
(Foto: E&J)
Despidos por enfermedad: la Ley para la igualdad de trato y la no discriminación llega a los tribunales
"Ya tenemos pronunciamientos de diversos Tribunales Superiores de Justicia dejando claro que no cabe su aplicación cuando el despido se haya efectuado antes del 14 de julio de 2022"
(Foto: E&J)
¿Son nulos todos los despidos de baja por enfermedad? Empieza el “baile” de sentencias. De la redacción de la norma (Ley 15/2022 de igualdad de trato y no discriminación) a su aplicación práctica en los tribunales. Y ya tenemos los primeros pronunciamientos y disparidad de criterios
Lo primero: qué dice la Ley 15/2022
La Ley entró en vigor el 14 de julio de 2022 y dispone en su art. 2 siguiente:
Art. 2.1. Nadie podrá ser discriminado por razón de “ (….), enfermedad o condición de salud, estado serológico y/o predisposición genética a sufrir patologías y trastornos (….)
Art. 2.3 “La enfermedad no podrá amparar diferencias de trato distintas de las que deriven del propio proceso de tratamiento de la misma, de las limitaciones objetivas que imponga para el ejercicio de determinadas actividades o de las exigidas por razones de salud pública.
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