El derecho del trabajador a 15 días de permiso para participar como candidato en una campaña electoral
Una reciente sentencia equipara los permisos retribuidos para campañas electorales entre funcionarios públicos y trabajadores por cuenta ajena
(Fuente: Economist & Jurist).
El derecho del trabajador a 15 días de permiso para participar como candidato en una campaña electoral
Una reciente sentencia equipara los permisos retribuidos para campañas electorales entre funcionarios públicos y trabajadores por cuenta ajena
(Fuente: Economist & Jurist).
Juzgado de lo Social Nº 1 de Barcelona. Sentencia Nº 64/2024, de 18 de marzo de 2024. Magistrado: Pedro Tuset del Pino.
La sentencia argumenta que, dentro del permiso previsto en el art. 37.3 d) del ET, por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, se debe entender el tiempo que dure la campaña electoral cuando un trabajador se presenta como candidato en unas elecciones.
El trabajador se presentó como candidato de CUP-L´Alternativa Municipalista (CUP-L´A –AMUNT) a las elecciones Municipales celebradas el pasado día 28-5-2023, como suplente número 4. Con el objeto de poder participar en la campaña electoral llevando a cabo las actividades diseñadas por las personas responsables de campaña del partido, el actor pidió en fecha 2-5-2023 un permiso retribuido no recuperable por el ejercicio de un derecho inexcusable de carácter público, reconocido en el convenio colectivo, en el artículo 37.3 d) del ET y el 48 j del TREBEP, artículo 83 d) de la Ley 17/1985 de 23 de julio, de la función pública de la Administración de la Generalitat de Catalunya y el artículo 96 d) de del Decreto Legislativo 1/1997.
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