El principio de primacía del Derecho de la Unión Europea
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha afirmado que el Derecho de la Unión debe prevalecer sobre cualquier disposición del Derecho interno, incluidas las constituciones nacionales
Sede de la Comisión Europea (Foto: UE)
El principio de primacía del Derecho de la Unión Europea
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha afirmado que el Derecho de la Unión debe prevalecer sobre cualquier disposición del Derecho interno, incluidas las constituciones nacionales
Sede de la Comisión Europea (Foto: UE)
En caso de conflicto entre normas, tanto el Tribunal Constitucional como el Tribunal Supremo han resuelto sobre la primacía del derecho comunitario sobre el derecho nacional, también denominado de “prevalencia” o “supremacía”.
Pero antes de entrar en el fondo de la cuestión, debe señalarse que el Derecho comunitario se compone de los Tratados constitutivos y de los Tratados de adhesión (Derecho originario) y de las normas contenidas en los actos aprobados por las instituciones comunitarias en aplicación de dichos Tratados (Derecho derivado).
El origen del derecho comunitario descansa en tres Tratados fundacionales:
- El Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), firmado en París y que entró en vigor el 23 de julio de 1952. El Tratado CECA ha cumplido su plazo de vigencia (50 años), por lo que en la actualidad ha dejado de estar en vigor.
- El Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea (CE), firmado en Roma y que entró en vigor el 1 de enero de 1958.
- El Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom), firmado en Roma y que entró en vigor el 1 de enero de 1958.
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