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Actualidad

El TJUE declara ilegal la normativa española sobre indemnización por jubilación de empresarios

El Tribunal Europeo declara que el TSJ de Cataluña no está obligado a dejar inaplicada la normativa nacional

(Imagen: TJUE)

José Miguel Moragues Martínez

Abogado especialista en Derecho Laboral y Derecho Deportivo




Tiempo de lectura: 6 min



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El TJUE declara ilegal la normativa española sobre indemnización por jubilación de empresarios

El Tribunal Europeo declara que el TSJ de Cataluña no está obligado a dejar inaplicada la normativa nacional

(Imagen: TJUE)



La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de 11 de julio de 2024, resuelve una cuestión que se venía planteando desde hace tiempo: El fin de la indemnización de una mensualidad de salario en caso de despido del trabajador por jubilación del empresario persona física cuando afecte a cinco o más trabajadores con cese de la actividad.

Finalmente se ha pronunciado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su sentencia dictada el día 11 de julio de 2024 respecto a la cuestión prejudicial que le fue planteada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña, en su auto de 20 de enero de 2023.



Recordemos el contenido de las dos cuestiones prejudiciales planteadas:



  1. La primera, si es conforme a la Directiva 98/59/CE, del Consejo de Europa, una norma como la española, contenida en el artículo 49.1 g) del Estatuto de los Trabajadores (ET), que permite el despido de trabajadores en un número superior al fijado para los despidos colectivos (art. 51 ET) por jubilación del empresario persona física, sin seguir el período de consultas establecido en el artículo 2 de la indicada Directiva.
  2. La segunda, en caso que se declare el artículo 49.1 g) ET contrario a la indicada Directiva 98/59/CE, si la misma tiene efecto horizontal, entre particulares. Esto es, si debe responder de su incorrecta aplicación el empresario que aplicó la normativa española contraria a la comunitaria, o debe responder el Estado infractor, por mantener una norma contraria al derecho europeo.

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