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Artículos

El Tribunal Supremo anula el Real Decreto del arancel de derechos de los procuradores

Lo anula debido a la "manifiesta insuficiencia" del análisis económico

Fachada del Tribunal Supremo. (Imagen: E&J)

Juan Luis Martín Romero

Redactor en Economist & Jurist




Tiempo de lectura: < 1 min

Publicado




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El Tribunal Supremo anula el Real Decreto del arancel de derechos de los procuradores

Lo anula debido a la "manifiesta insuficiencia" del análisis económico

Fachada del Tribunal Supremo. (Imagen: E&J)



El Tribunal Supremo ha anulado el Real Decreto 307/2022, del 3 de mayo, que modificaba el Real Decreto 1373/2003, del 7 de noviembre, concerniente al arancel de derechos de los procuradores de los tribunales. Esto se debe a que el análisis de impacto económico presentado en la Memoria de Análisis de Impacto Normativo del reglamento es considerablemente insuficiente, según lo expresado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

La impugnación del Real Decreto fue realizada por los colegios de Procuradores de Madrid, Albacete, Almería, Islas Baleares, Cantabria, Cartagena, Ciudad Real, Elche, León, Lorca, Lugo, Málaga, Navarra, Orense, Santiago de Compostela, Sevilla, Valencia, Vigo, Vizcaya y Zaragoza.



La Sala de lo Contencioso-Administrativo explica que, entre otros motivos, el análisis económico presente en la Memoria, aunque existe formalmente, es notoriamente deficiente y no cumple con los requisitos mínimos legales. Esto coincide con las advertencias previas realizadas por el Consejo de Estado, la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa del Ministerio de la Presidencia, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia.



Los magistrados señalan su sorpresa por la falta de un análisis detallado y específico del impacto económico que la normativa impugnada podría tener en el colectivo de procuradores, especialmente teniendo en cuenta que esta profesión desempeña un papel crucial en la Administración de Justicia y en el mercado.

Además, la referencia mínima al efecto que la normativa podría tener en la competencia se ha expresado de manera genérica y sin un respaldo argumental sólido, según indica la sentencia.



El Tribunal Supremo también considera relevante el hecho de que esta reforma afecta significativamente al colectivo de procuradores, a pesar de los anuncios de futuras reformas aún más trascendentales en el régimen arancelario de la Procura por parte de la Administración demandada.