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Eurasian IP System: un nuevo sistema de marcas en Europa oriental

Cristina Arroyo

Asociada Área de Marcas de ELZABURU.




Tiempo de lectura: 3 min

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Eurasian IP System: un nuevo sistema de marcas en Europa oriental



Hacia el año 2015, se ha estado fraguando un nuevo sistema en el norte de Europa que pretende armonizar y unificar, hasta un cierto punto, el registro de marcas en Armenia, Bielorrusia, Kazajstán, Kirguistán y Rusia. Se trata del llamado “Eurasian IP System”, en castellano, Sistema Euroasiático de Propiedad Intelectual.

El Sistema de Eurasia se crea fundamentalmente bajo el marco del Eurasian Economic Union (EAEU) y se basa en el Treaty on the Eurasian Economic Union”. Por el momento sólo son miembros los cinco países mencionados, pero es muy posible que otros de la región vayan adhiriéndose con el tiempo.



Para nosotros los españoles y, en general, para el mundo occidental, los mercados orientales de nuestro continente quizá nos puedan parecer algo desconocidos, lejanos, poco relevantes o muy ajenos a nuestras vidas cotidianas muy centrados en la Unión Europea, América. Sin embargo, en el mundo, sobre todo en Asia, estos mercados tienen muchísima importancia. El mercado ruso mira con mucho interés hacia Asia y este proceso de integración con otros estados de la región para impulsar sus economías lleva muchos años desarrollándose.

La alianza entre estos cinco estados pretende la consecución de un espacio económico libre y único en el que los bienes, capitales, servicios y personas circulen libremente dentro de un solo mercado y bajo el marco de una integración aduanera coordinada.

En lo que afecta a nuestra profesión, el nuevo sistema de registro de marcas está a punto de materializarse -estaba previsto para el 2020- como una oportunidad más para el registro y la protección de las marcas, pese a que aún hay muchos flecos por perfilar. Además de los objetivos lógicos de todo mercado común, da la impresión de que este nuevo sistema persigue también agilizar el registro de marcas en estas jurisdicciones.



Estableciendo una comparación con otros sistemas de registro conocidos, se trataría a grandes rasgos de un sistema más similar al Sistema de Madrid que al de la marca en la Unión Europea o al administrado por L’ Organization Africaine de la Propriété Intellectuelle (OAPI).

No es un sistema unitario por completo, sino un sistema que permite la obtención de un registro de marca para la consecución de un haz de registros nacionales pero que mantiene una cierta unidad y dependencia para algunos trámites y aspectos. Por tanto, desde el momento en el que entre en vigor este nuevo registro, constituirá una fórmula estratégica más para la protección e internacionalización de las marcas.

  1. Se conocen ya algunas características del que será el Sistema de marcas Euroasiático. Compartimos algunas pinceladas:
    1. La solicitud será única y se depositará ante cualquiera de las oficinas de propiedad intelectual a elegir entre las de Armenia, Bielorrusia, Kazajstán, Kirguistán y Rusia.
    2. Una de las oficinas de los estados integrantes hará las veces de oficina receptora y será la encargada de realizar un examen formal de la solicitud.
    3. El examen de fondo lo realizará la oficina de propiedad intelectual en cada país.
    4. Como no podía ser de otra forma, el idioma oficial será el ruso.
    5. Para que una marca se conceda deberá resultar concedida en todos los países. Es decir, pese a que una vez concedida la marca se convierte en un haz de registros nacionales, deberá concederse por todas las oficinas. De lo contrario, será necesario transformar en registro Euroasiático en registros independientes nacionales.
    6. La duración del procedimiento se estima que durará 1 año aproximadamente.
    7. Existirá un procedimiento de oposición con un plazo de 3 meses. La oposición se deberá presentar ante la oficina receptora en la que fue depositada la solicitud.
    8. Se prevé que el uso de la marca en uno de los países pueda servir como prueba de uso en los demás.
    9. No está clara cuál tendrá que ser la oficina ante la que se deba solicitar la renovación de una marca, pero cabe pensar, que también habrá de depositarse ante la oficina que recibió la solicitud de la marca.
    10. Se desconoce si se prevé que la Marca Euroasiática entre a formar parte del Protocolo de Madrid. Por lo que no será posible hacer una designación de esta jurisdicción por la vía de Madrid, al menos en el corto-medio plazo.
    11. Por el momento no existen Tribunales ni una administración euroasiática unitaria ni centralizada. Por tanto, las cuestiones administrativas, parece que hay que defenderlas ante la oficina por medio de la cual se ha solicitado la marca y las cuestiones judiciales, se conocerán por el juzgado nacional competente.

Será muy interesante conocer en qué manera conviven en la práctica este nuevo Sistema Euroasiático y el Protocolo de Madrid. La realidad es que el Protocolo de Madrid permite proteger las marcas no sólo en Armenia, Bielorrusia, Kazajstán, Kirguistán y Rusia, sino en la práctica totalidad del norte de Europa y buena parte de Asia. Esto se hace través de un procedimiento parcialmente centralizado en las fases iniciales y que actualmente permite realizar una gestión más o menos centralizada de las carteras.

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