‘Ghosting’ laboral: cuando un trabajador desaparece y deja de ir a trabajar…¿despido o dimisión?
Desde el periodo de prueba hasta las resoluciones judiciales más recientes, una exploración detallada de las implicaciones legales de esta conducta en el mundo laboral
Foto: E&J)
‘Ghosting’ laboral: cuando un trabajador desaparece y deja de ir a trabajar…¿despido o dimisión?
Desde el periodo de prueba hasta las resoluciones judiciales más recientes, una exploración detallada de las implicaciones legales de esta conducta en el mundo laboral
Foto: E&J)
Ahora lo llaman “ghosting laboral”, pero en realidad siempre ha existido (aunque es cierto que se da con más frecuencia en la generación milennial y centennial). Básicamente se produce cuando un trabajador “desaparece”, es decir, deja de ir a la empresa sin más. Ahí se abre la eterna duda (resuelta de manera dispar por la jurisprudencia): ¿despido tácito o dimisión?
Ghosting laboral en el periodo de prueba
Es bueno recordar que el periodo de prueba opera para ambas partes (empresa y trabajador). Eso significa que durante el periodo de prueba, el trabajador también puede dar por extinguido el contrato en cualquier momento, sin preaviso aviso ni justificación.
Si el trabajador desaparece sin más durante el periodo de prueba, la empresa puede proceder a comunicar la baja del trabajador en la Seguridad Social y enviar al trabajador un comunicado de que tiene a su disposición el finiquito correspondiente a los días que haya trabajado (puesto que en periodo de prueba no hay preaviso de ningún tipo, no se puede realizar ningún tipo de descuento por no preavisar).
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