Grabar conversaciones a tu jefe o a tus compañeros puede ser totalmente legal
"Con el fin de demostrar un despido improcedente o determinada situación laboral, la grabación de una conversación con tu jefe o compañeros puede resultar clave como valor probatorio"
(Foto: E&J)
Grabar conversaciones a tu jefe o a tus compañeros puede ser totalmente legal
"Con el fin de demostrar un despido improcedente o determinada situación laboral, la grabación de una conversación con tu jefe o compañeros puede resultar clave como valor probatorio"
(Foto: E&J)
Me van a despedir y considero que se debe a razones netamente improcedentes. ¿Podría grabar la conversación con mi jefe para aportarla posteriormente como prueba? La grabación de conversaciones puede resultar muy útil en este sentido e, incluso, en el ámbito penal para la inculpación de determinado tipo de delitos. El artículo 90 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social recoge la admisibilidad de estos elementos como medio de prueba para acreditar los hechos controvertidos.
No obstante, la forma en la que adquirimos estas grabaciones debe ser extremadamente rigurosa con el respeto a los derechos fundamentales si no queremos que la prueba sea considerada ilícita. Así lo recogen el apartado segundo del precepto recién mencionado, el artículo 11.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el mismo Tribunal Constitucional en su importante y pionera STC 114/1984, de 29 de noviembre, al establecer que no se admitirán pruebas que tuvieran su origen o se hubieran obtenido vulnerando, directa o indirectamente, los derechos fundamentales.
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