Homicidio imprudente por abandono en residencia de ancianos
Se analiza la eventual responsabilidad de la residencia de ancianos y sus facultativos, por una posible desatención y abandono de los deberes de cuidado e higiene más elementales por parte de su personal, que derivó en un estado clínico que finalizó con el fallecimiento de la residente
Una cuidadora ayuda a comer a una anciana en la residencia. (Foto: Mariscal/EFE)
Homicidio imprudente por abandono en residencia de ancianos
Se analiza la eventual responsabilidad de la residencia de ancianos y sus facultativos, por una posible desatención y abandono de los deberes de cuidado e higiene más elementales por parte de su personal, que derivó en un estado clínico que finalizó con el fallecimiento de la residente
Una cuidadora ayuda a comer a una anciana en la residencia. (Foto: Mariscal/EFE)
Antecedentes y planteamiento fáctico
Dña. Amparo Martínez Cubens, nacida el 14 de septiembre de 1938, residía en Villamayor del Cerro, su pueblo natal y donde mantenía su domicilio habitual. Desde marzo de 2017, pese a conservar un adecuado a su edad buen estado de salud físico y mental, precisó de asistencia social domiciliaria debido a la falta de movilidad en uno de sus brazos. Motivo por el que el 17 de febrero de 2017 le fue reconocida la situación de dependencia en Grado III por la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha. Leve limitación de movilidad que no le impedía hacer una vida normal, participando y disfrutando en los eventos y celebraciones familiares, y recibiendo diariamente visitas de sus hijos, nietos y sobrinos, con quienes todos los días salía por el pueblo a pasear.
El 2 de enero de 2020, a causa de una caída en casa, sufrió una fractura de cadera que precisó de una intervención quirúrgica en la que se le implantó material de osteosíntesis (prótesis de cadera), permaneciendo ingresada hasta el 10 de febrero de 2020. La operación finalizó con éxito y sin complicaciones ni daños seculares, si bien, desde entonces, la Sra. Martínez dependió de la silla de ruedas. No obstante, dicha limitación de movilidad, el estado y el aspecto físico de la Sra. Martínez no se vio alterado, conservando su salud.
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