Jurisdicción y competencia
Jurisdicción y competencia
Mesa sobre formación y DDHH Moderada por Ester Mocholí, Diputada del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid responsable de Formación, De izdaa deecha la participación de Cristina Izquierdo, Copresidenta Sección de Derechos Humanos del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid; Jimena Urretavizcaya, Socia de Bancario y Financiero en A&O Shearman; y Teresa Zueco, Socia directora de Squire Patton Boggs Madrid Verónica Barroso, Responsable de Relaciones Institucionales de Política Interior de Amnistía Internacional España;
De acuerdo con lo anterior, y siguiendo el mismo orden establecido en la nueva LEC, la primera incógnita que debe despejarse es si de un asunto determinado deben o no de conocer los jueces españoles. Nos encontramos con las normas de COMPETENCIA INTERNACIONAL. El artículo 36.1 remite a lo dispuesto en la Ley Orgánica del poder Judicial y, en su caso, a los tratados y convenios internacionales en los que españa sea parte. Conforme a ellos se determinará la extensión y los límites de los tribunales civiles españoles…
ver texto íntegro en documento adjunto
...
