La asistencia sanitaria a un titular o beneficiario de ISFAS por contagio de COVID-19
Esta asistencia es ajena a una prestación de "salud pública", incluso cuando la afección a su salud por razón de esa infección se produjera en el contexto de la pandemia
(Foto: E&J)
La asistencia sanitaria a un titular o beneficiario de ISFAS por contagio de COVID-19
Esta asistencia es ajena a una prestación de "salud pública", incluso cuando la afección a su salud por razón de esa infección se produjera en el contexto de la pandemia
(Foto: E&J)
Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4.ª) núm. 160/2024, de 1 de febrero (Rec. Cas. 8481/2022).
Antecedentes del caso
- Don Gerardo, afiliado a ISFAS (Instituto Social de las Fuerzas Armadas) y adscrito a la entidad ASISA (compañía de asistencia sanitaria), sufrió neumonía por Covid-19 grave. Ingresó, el 16 de noviembre de 2020, en un hospital concertado con ASISA en Cuenca y al agravarse su situación, fue derivado, el 21 de noviembre de 2020, a un centro hospitalario del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM). Finalmente, fue dado de alta el 1 de diciembre de 2020.
- Por el SESCAM se le reclamaron 6.392,09 euros por la asistencia prestada entre el 21 de noviembre y el 1de diciembre de 2020. Don Gerardo lo reclamó a ASISA, que lo rechazó, y reunida la Comisión Mixta Provincial no llegó a ningún acuerdo; trasladado el asunto a la Comisión Mixta Nacional, acordó someterlo a ISFAS.
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