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La Audiencia Provincial de Málaga limita a 25 folios el recurso de apelación por la sobrecarga de trabajo

"No hay medios materiales ni humanos para poder cumplir la ley y dictar sentencia en tiempo razonable”, ha afirmado el presidente de la Sección 6 de la AP de Málaga

José Javier Díez durante su intervención (Imagen: E&J)

Pablo Montes

Periodista




Tiempo de lectura: 2 min

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La Audiencia Provincial de Málaga limita a 25 folios el recurso de apelación por la sobrecarga de trabajo

"No hay medios materiales ni humanos para poder cumplir la ley y dictar sentencia en tiempo razonable”, ha afirmado el presidente de la Sección 6 de la AP de Málaga

José Javier Díez durante su intervención (Imagen: E&J)



La Audiencia Provincial de Málaga ha acordado limitar el número de páginas que se van a admitir en un recurso de apelación. La medida se adopta para mitigar la sobrecarga de trabajo que sufren actualmente los tribunales, en línea con las decisiones adoptadas por el Tribunal Supremo y por el Tribunal Constitucional. Esta decisión la ha adelantado hoy el presidente de la Sección 6 de la Audiencia Provincial de Málaga, José Javier Diez Núñez.

En el marco del 18 Congreso de la Abogacía de Málaga, Diez ha informado sobre una decisión, cuyos detalles “está previsto que se conozca en los próximos días”. La situación que tenemos actualmente “nos obliga a tomar ciertas medidas para adaptarnos al volumen de trabajo”, ha afirmado. Aunque inicialmente, ante el público, Díez ha afirmado que se iba a limitar a 20 folios, posteriormente ha aclarado a Economist & Jurist que se pretende hacer lo mismo que en la Audiencia Provincial de Madrid, que limitó a 25 folios los recursos de apelación.



A preguntas de uno de los participantes en este foro, el magistrado ha defendido que “se entiende que con ese límite es suficiente para hacer todo tipo de alegaciones. Lo que no tiene sentido son escritos de 100 o 120 folios, que muchas veces son reiterativos y copian jurisprudencia. Es una medida que creo que nos va a beneficiar a todos”. Aunque no puede afirmar que la medida se vaya a extender a otras audiencias a ciencia cierta, considera que sería bastante lógico, teniendo en cuenta que están “absolutamente desbordados”.



En una ponencia sobre las condiciones que debe de cumplir la prueba en segunda instancia, el magistrado ha dicho que le parece “un disparate que la ley siga hablando del plazo de 10 días para dar curso a las actuaciones, cuando los juzgados están colapsados”. En este sentido, ha instado al legislador a  “adaptar la ley a la realidad y reformar la Ley de Enjuiciamiento Civil porque es imposible cumplir con ella. No hay medios materiales ni humanos para poder cumplir la ley y dictar sentencia en tiempo razonable”.

El magistrado también también ha lamentado la falta de seguridad jurídica para el consumidor que suponen los continuos cambios de jurisprudencia que se producen en distintas materias civiles en las que no existe un criterio uniforme y en los que hay consecutivos pronunciamientos del Tribunal Supremo y del TJUE que no coinciden. “Nos vuelven locos”, ha lamentado. En situaciones como estas, en las que se producen casos de jurisprudencia, lo que no se puede es hacer pagar estos vaivenes al ciudadano, por lo que no se puede condenar en costas al ciudadano en estos casos.



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