La captura de WhatsApp como prueba en juicio: ¿todo vale?
Este novedoso y complejo tipo de pruebas judiciales ha evolucionado y seguirá evolucionando a una gran velocidad en los próximos años
(Foto: Economist & Jurist)
La captura de WhatsApp como prueba en juicio: ¿todo vale?
Este novedoso y complejo tipo de pruebas judiciales ha evolucionado y seguirá evolucionando a una gran velocidad en los próximos años
(Foto: Economist & Jurist)
En el ámbito penal, hablamos de ciberdelitos a través de la aplicación WhatsApp. En estos casos, el informe pericial es imprescindible
¿Es válida una captura de pantalla impresa como documento de prueba ante la administración pública? Un contrato vinculante o un mensaje que constituya una amenaza enviados por la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp serán denegados por la administración, por su incapacidad para compulsar la prueba en formato digital y la falta de originalidad de la versión impresa del documento.
En el caso de disponer de un documento de prueba almacenado en un dispositivo digital, contamos con dos vías para legitimarlo:
- Por un lado, podemos solicitar a un notario que emita una fotocopia compulsada dando “fe pública” de la originalidad del impreso. Se trata de una práctica cada vez más habitual dentro de las competencias de los notarios. Por otro lado, existe la opción de acudir a un perito experto en delitos informáticos, quien emitirá un informe pericial tras acceder a la aplicación instalada en nuestro dispositivo. Esta vía posibilita una prueba de mayor peso en un juicio, dado que el informe pericial acredita el contenido del mensaje, el origen y el destinatario del mismo, la fuente de la captura de pantalla y la invariabilidad de su contenido desde su origen hasta la emisión del informe pericial. En el registro de entrada, el juzgado sellará las copias de las pruebas y el propietario del dispositivo conservará los archivos originales. Durante el juicio, el perito ratificará su informe ante la autoridad judicial, aclarando cualquier cuestión que sea pertinente. Así, la opción del informe pericial es la más formal y completa.
- En el caso de los juicios penales, cuando las circunstancias económico-sociales del peticionario lo requieran, puede ser solicitado de oficio el contenido de WhatsApp que pueda constituir delito de amenazas, falsificación documental, pornografía infantil, trata de personas, delitos de odio o acoso. Esto se debe a que, en estos casos, el informe pericial es imprescindible, ya que el querellado ve peligrar derechos como su libertad o integridad económica. Las autoridades judiciales deberán fundamentar su decisión en pruebas sólidas y, por tanto, será de esencial valor el informe emitido por un perito experto en informática forense o un criminólogo perito en ciberdelincuencia, respaldados por sus respectivos colegios o asociaciones profesionales. Sin embargo, en el ámbito privado, es el abogado del querellante quien valora la pertinencia de solicitar el informe pericial y, por tanto, quien asume la minuta del profesional.
Este novedoso y complejo tipo de pruebas judiciales ha evolucionado y seguirá evolucionando a una gran velocidad en los próximos años, exigiendo por parte de abogados, peritos y autoridades judiciales una constante adaptación y estudio de las diferentes casuísticas en su tratamiento y valoración.