La desconexión digital aterriza en los tribunales: cinco sentencias de interés
Estela Martín, abogada especializada en derecho laboral, analiza sendas resoluciones recientes relacionadas con la desconexión digital
Negocios franceses (Foto: Freepik)
La desconexión digital aterriza en los tribunales: cinco sentencias de interés
Estela Martín, abogada especializada en derecho laboral, analiza sendas resoluciones recientes relacionadas con la desconexión digital
Negocios franceses (Foto: Freepik)
A pesar de que han transcurrido más de cinco años desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), son pocos los pronunciamientos judiciales que tenemos sobre la mesa. Sin embargo, en los últimos meses sí empieza a ‘aterrizar’ el ejercicio —y los conflictos— derivados del derecho a la desconexión digital.
Cuatro cuestiones clave sobre el derecho a la desconexión digital
- Obligación de elaborar un protocolo de desconexión digital. Todas las empresas, sea cual sea su número de empleados y/o sector de actividad, tienen obligación de elaborar e implantar un protocolo/política interna de desconexión digital (artículo 88.3 de la LOPDGDD, en vigor desde el 5 de diciembre de 2018). Este protocolo es obligatorio haya o no supuestos de teletrabajo en la compañía. Ahora bien, si hay supuestos de teletrabajo, al hacer el protocolo hay que tener en cuenta lo dispuesto en la Ley de Trabajo a Distancia.
- Ya tenemos muchos convenios colectivos regulando el derecho a la desconexión digital. Algunos se limitan a una mera remisión al artículo 88 de la LOPDGDD, pero otros van más allá y establecen mínimos de obligado cumplimiento y/o buenas prácticas. Por ejemplo, el Convenio Colectivo para las cajas y entidades financieras de ahorro para el período 2024-2026 (BOE de 6 de junio de 2024) establece una amplia regulación del derecho a la desconexión digital.
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