La exceptio non adimpleti contractus y la exceptio non rite adimpleti contractus
La exceptio non adimpleti contractus y la exceptio non rite adimpleti contractus
Por Javier Tarjuelo Pozo. Abogado asociado de litigación y arbitraje de Pérez-Llorca
En breve: Las excepciones de contrato no cumplido (exceptio non adimpleti contractus) y de contrato no cumplido adecuadamente (exceptio non rite adimpleti contractus) constituyen dos remedios defensivos, creados por la jurisprudencia, a los que puede acudir el deudor de una obligación recíproca, en el marco de un contrato sinalagmático, que se encuentra con que el acreedor no ha cumplido con su parte de la prestación, o lo ha hecho de forma defectuosa.
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