La Ley de Protección Integral de la Infancia y el agravante de exclusión social
La Ley Orgánica 8/2021 recoge la exclusión social como un elemento integrador los delitos de odio
(Imagen: Archivo)
La Ley de Protección Integral de la Infancia y el agravante de exclusión social
La Ley Orgánica 8/2021 recoge la exclusión social como un elemento integrador los delitos de odio
(Imagen: Archivo)
La Ley Orgánica 8/2021, en su vocación protectora de los colectivos vulnerables, busca castigar aquellas conductas de rechazo y desprecio hacia las personas pobres y marginadas de nuestra sociedad, que subyacen algunas conductas delictivas. La inclusión de este agravante en nuestro Código Penal supone una repuesta a un fenómeno que se manifiesta con frecuencia en el seno de nuestra sociedad, siendo un motivo expresamente recogido en el artículo 21 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
1. Introducción
La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, nace con una clara vocación a proteger a los menores, pero también a reforzar la protección de otros colectivos que se encuentran en una posición de vulnerabilidad.
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