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La polémica legislativa: ¿prioridad para los derechos animales sobre los derechos del no nacido?

Reflexiones sobre la paradoja legislativa: derechos de los animales frente a la protección del no nacido

(Imagen: E&J)

Pau Saumell

Abogado en SMS Advocats




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




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La polémica legislativa: ¿prioridad para los derechos animales sobre los derechos del no nacido?

Reflexiones sobre la paradoja legislativa: derechos de los animales frente a la protección del no nacido

(Imagen: E&J)



Los derechos animales están de moda. En Barcelona se celebra un congreso de dos días para su defensa, con asistencia de multitud de juristas y personalidades públicas de renombre. Hace poco más de un año se aprobó una ley estatal de protección de sus derechos y bienestar (Ley 7/2023, de 28 de marzo), que se une a las aprobadas por numerosas comunidades autónomas. En esta última ley se habla de que, según registros oficiales, un tercio de los hogares españoles convive con al menos un animal de compañía, reconociendo que un número muy superior se encuentra fuera del control oficial.

Llama la atención un aspecto que indica la importancia que se le da: la ley ofrece un total de ¡38 definiciones!, empezando por el concepto “animal de compañía”. Otra cuestión llamativa -entre otras muchas- es que obliga a los propietarios de perros a realizar un curso formativo al efecto, con el objetivo de facilitar una correcta tenencia responsable del animal.



Se prevé un exhaustivo catálogo de requisitos, autorizaciones y prohibiciones para el supuesto de tenencia y uso de animales en ferias, exposiciones, concursos, filmaciones, artes escénicas, romerías, belenes, cabalgatas y procesiones, y se prevén sanciones de hasta 10.000 euros para las infracciones leves, y de hasta 200.000 euros para las muy graves (como por ejemplo criar un gato sin permiso de la autoridad, usar un mono en el circo…).



En abierto contraste con esa protección integral de los animales, solo un año antes se aprobó  la Ley Orgánica 4/2022, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para penalizar el acoso a las mujeres que acuden a clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo: no admiten que reciban más información que la de las clínicas abortistas. Lo que a algunos nos hace pensar en la tabla de valores que manejan los legisladores de hoy, que parecen más centrados en la ideología –en esos casos, animalista y abortista- que en los auténticos derechos y libertades naturales del ser humano.

Podemos preguntarnos dónde viene hoy prevista la protección del ser humano desde que existe en el vientre de su madre. Algunos creíamos que en nuestra Constitución, hasta que el nuevo TC diseñado por el número 1 retorciera su doctrina anterior para negarlo. Parece que cuando se trata de esos seres humanos solo interesa proteger la decisión libre de la mujer sobre su cuerpo, orillando que el cuerpo de su hijo es un tercero que debería tener derecho a la vida.



Pero no: cuando se trata ese tema el legislador solo se basa en los informes sesgados de la OMS y estudios interesados de las clínicas que se ganan la vida practicando abortos, como se observa en el preámbulo de aquella Ley orgánica.

(Imagen: E&J)

Pensando en el contenido de dicha ley orgánica, que castiga a quien intente informar a las mujeres que se dirigen a abortar, estaría bien que paralelamente se obligara a todos los legisladores a ver una filmación completa, con imágenes reales, de cómo se producen los abortos y sus diversos métodos, como requisito previo para poder votar en el Parlamento sobre cualquier ley relacionada con la eliminación del no nacido.

Muchas veces, la gente no reacciona hasta que lo ve físicamente, como le pasó años atrás a Abby Johnson, antigua directora de una clínica de abortos de Planned Parenthood, que pasó de ser responsable de miles de abortos a convertirse en una activista pro-life, tras ver casualmente en la pantalla cómo se destrozaba lenta y minuciosamente el cuerpo del bebé hasta entonces vivo, eso que llaman ahora “interrupción del embarazo”, y que pretenden además convertirlo en derecho fundamental europeo, como ya se ha hecho en Francia.

¿Tiene algún sentido dedicar esa atención privilegiada a los animales mientras se elimina de esa manera a los seres humanos más indefensos, precisamente en el seno de sus madres, que es donde deberían estar más protegidos?

¿Quién defiende desde el Estado a los no nacidos? ¿Por qué se castiga con años de cárcel a las madres que matan a su hijo un día después de su nacimiento, y se defiende como derecho si lo hacen unos meses antes del parto? ¿Cómo tratará el asunto el servicio público RTVE, rediseñado también a su gusto hace dos semanas por el mismo nº 1? ¿Esa dicotomía derechos-animales/aborto-niños es la que buscamos para la sociedad de nuestros hijos?

En el mundo de la abogacía se echa en falta un debate profundo sobre la defensa del no nacido, pero desconozco si algún colegio profesional tiene alguna comisión que se dedique a su estudio, como sí las hay –y muchas- sobre los derechos animales.