Litigiosidad de los avales ICO otorgados por la Covid-19
Las tres líneas jurídicas que han seguido parecen consolidadas a favor de la entidad bancaria acreedora, a excepción de la defensa por vicio en el consentimiento
(Imagen: Banco de España)
Litigiosidad de los avales ICO otorgados por la Covid-19
Las tres líneas jurídicas que han seguido parecen consolidadas a favor de la entidad bancaria acreedora, a excepción de la defensa por vicio en el consentimiento
(Imagen: Banco de España)
Debido a los durísimos efectos económicos provocados por la Covid-19, el Gobierno aprobó una línea de avales por un importe máximo de 100.000 millones de euros por medio del Instituto Oficial de Crédito (ICO) con el fin de facilitar liquidez adicional a las empresas, especialmente a pymes y autónomos. Esto se llevó a cabo a través de intermediación de las entidades de crédito y con el ICO como aval en la operación de financiación concedida por la entidad.
El sistema consistía en que las entidades de crédito se adherían al contrato marco del ICO —confidencial al estar amparado por el 14.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia— y, posteriormente, en las operaciones de financiación a empresas y autónomos orientadas a garantizar liquidez para mantener la actividad productiva y el empleo. El Estado, a través del ICO, se comprometía a avalar hasta el 80% siempre que se cumpliesen los requisitos establecidos.
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