Llega septiembre sin Estatuto del Becario: ¿qué pasará con los becarios universitarios?
"En una sentencia muy reciente, el Tribunal Supremo ha vuelto a reiterar que si los becarios realizan las actividades propias de un trabajador de plantilla, la relación es laboral"
![](https://www.economistjurist.es/wp-content/uploads/sites/2/2022/09/top-view-of-teen-people-in-team-fist-bump-assemble-together.jpg)
(Foto: E&J)
Llega septiembre sin Estatuto del Becario: ¿qué pasará con los becarios universitarios?
"En una sentencia muy reciente, el Tribunal Supremo ha vuelto a reiterar que si los becarios realizan las actividades propias de un trabajador de plantilla, la relación es laboral"
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Arranca septiembre, nuevo curso académico y seguimos pendientes de la aprobación del famoso “Estatuto del Becario”. Muchas dudas, pocas certezas y la pregunta del millón: ¿cómo deben acoger las empresas a los becarios?
En primer lugar, hay que recordar que la Reforma Laboral establece expresamente que se elaborará un Estatuto del Becario (Disp. Adicional Segunda del RDLey 32/2021):
«El Gobierno, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta norma, convocará a las organizaciones sindicales y empresariales
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