No hay más preguntas, Señoría: el Constitucional reinterpreta las sentencias de los ERE
La sentencia destaca una revisión significativa de la interpretación penal establecida por el Tribunal Supremo
(Imagen: Poder Judicial)
No hay más preguntas, Señoría: el Constitucional reinterpreta las sentencias de los ERE
La sentencia destaca una revisión significativa de la interpretación penal establecida por el Tribunal Supremo
(Imagen: Poder Judicial)
Desde hace días tenemos conocimiento, por una parte, de la sentencia del Tribunal Constitucional que resuelve el recurso de amparo interpuesto contra la sentencia del Tribunal Supremo, de 13 de septiembre de 2022, en el denominado “caso de los ERE de Andalucía”, relacionada con el delito de prevaricación y, por otra parte, la vinculada con el delito de malversación así como del juicio de autoría que respecto de una de las partes implicadas había llevado a efecto anteriormente el Tribunal de enjuiciamiento.
Resulta llamativo para la opinión pública en general, y para parte de los operadores jurídicos, que el Tribunal Constitucional haya otorgado el amparo, en ambas resoluciones, sobre la base de la vulneración de la legalidad penal prevista en el artículo 25 de la Constitución Española.
La primera resolución conocida estima que la interpretación que el Tribunal Supremo había otorgado al concepto “resolución, asunto administrativo y arbitrariedad” colisiona con el derecho fundamental previsto en el artículo 25 citado. La sentencia incluye, además, dos votos particulares discrepantes con la posición mayoritaria, fundados en argumentos sólidos, incidiendo uno de ellos en uno de los aspectos más controvertidos como es si corresponde al Tribunal Constitucional la interpretación última de un precepto penal o nos encontramos ante un caso de extralimitación competencial.
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