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Actualidad

¡Nos casamos! ¿Qué hay que tener en cuenta antes de dar el esperado «sí, quiero»?

Lo primero de todo es conocer la vecindad civil de cada uno. Lo segundo, el régimen económico matrimonial

(Imagen: E&J)

Alejandra Zapata Sancho

Abogada en Sáncho Gómez Abogados 




Tiempo de lectura: 2 min

Publicado




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¡Nos casamos! ¿Qué hay que tener en cuenta antes de dar el esperado «sí, quiero»?

Lo primero de todo es conocer la vecindad civil de cada uno. Lo segundo, el régimen económico matrimonial

(Imagen: E&J)



Cuando uno se casa, lo primero que se piensa es en la reserva del lugar de celebración, la lista de invitados, el vestido de novia… Pero hay que tener en cuenta los trámites a seguir, habiendo hablado concienzudamente con la pareja sobre todo lo que concierne al matrimonio: cómo se va a regular, la elección de querer tener o no hijos, la economía familiar y un largo etcétera que no podemos olvidar. Puesto que, si estos temas no son tratados, posteriormente suele dar problemas.

Lo primero de todo es conocer la vecindad civil de cada uno, que implica la pertenencia a una comunidad regional con derecho propio, especial o foral. Es la condición por la cual una persona física es considerada como “vecino” de una circunscripción territorial concreta. El artículo 14 del Código Civil (CC) establece lo siguiente: “La sujeción al derecho civil común o al especial o foral se determina por la vecindad civil”. Es importante conocerla, dado que esta determinará la ley que nos será aplicable como personas físicas en materias muy relevantes.



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