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Nueva LOPD y el RGDP en relación a los medios de comunicación digitales, páginas web y redes sociales, y los nuevos derechos digitales: derecho al olvido y de rectificación

Hands using mobile payments, Digital marketing. Banking network. Online shopping and icon customer networking connection on virtual screen, Business technology concept

Tiempo de lectura: 10 min



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Nueva LOPD y el RGDP en relación a los medios de comunicación digitales, páginas web y redes sociales, y los nuevos derechos digitales: derecho al olvido y de rectificación

Hands using mobile payments, Digital marketing. Banking network. Online shopping and icon customer networking connection on virtual screen, Business technology concept



Por Marta Insúa. Abogada. Presidenta de la sección de Derecho de la Propiedad Intelectual y derechos de imagen del Colegio de la Abogacía de Barcelona. Responsable de la asesoría jurídica de la Xarxa Audiovisual Local. Delegada de protección de datos certificada por TUV- NORD

 



En breve: Los medios de comunicación en sentido amplio, como cualquier otra empresa, deben dotarse de un «programa de cumplimiento de protección de datos» por su mera actividad empresarial: relaciones con proveedores, clientes, empleados, socios, administraciones públicas, proveedores de servicios TIC, etc. También deben asegurarse de cumplir con las obligaciones derivadas de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI).

Pero, además, este tipo de empresas, por razón de su actividad deberán dotarse de protocolos específicos para los tratamientos de datos derivados del ejercicio del derecho a la libertad de expresión y de información y de los protocolos correspondientes para el ejercicio de los derechos al olvido y de rectificación, previstos en la Ley Orgánica 3/2018.

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