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Actualidad

Pendientes de que el Supremo fije doctrina sobre el ‘dies a quo’ del plazo de prescripción

"El TS fijará el dies a quo de la prescripción"

Jesús Sánchez García

Decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona




Tiempo de lectura: 11 min

Publicado




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Pendientes de que el Supremo fije doctrina sobre el ‘dies a quo’ del plazo de prescripción

"El TS fijará el dies a quo de la prescripción"



El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha resuelto a través de la sentencia de 25 de enero, asuntos acumulados C‑810/21 a C‑813/21 y las dos sentencias de 25 de abril de 2024, asuntos C-484/21 y asunto C-561/21, las cuestiones prejudiciales planteadas por la Sección 15ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, el Juzgado de Primera Instancia número 20 de Barcelona y la Sala Primera del Tribunal Supremo (TS), en las que se responde a las preguntas que los tres tribunales le formularon sobre el día de comienzo del plazo de prescripción de una acción de restitución de gastos hipotecarios.

En las tres sentencias el Tribunal de Luxemburgo reitera (como ya tuvo ocasión de pronunciarse en las sentencias de 9 de julio de 2020, asuntos acumulados C-698/18 y C-699/18; 16 de julio de 2020, asuntos acumulados C-224/19 y C-259/19; 22 de abril de 2021, asunto C-485/19; 10 de junio de 2021, asuntos acumulados C-776/19  a C-782/19, 8 de septiembre de 2022, asuntos acumulados C-80/21 a C-82/21) y 14 de diciembre de 2023, asunto C-28/22) que para fijar el dies a quo del inicio del plazo de prescripción es imprescindible determinar el conocimiento que el consumidor tenía de los derechos y los efectos jurídicos que regula la Directiva 93/13 y si dispone de tiempo suficiente para preparar e interponer una demanda para ejercitar esos derechos.



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