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Artículos

Pensión de alimentos en los hijos mayores de edad: un análisis jurídico

Alcanzada la mayoría de edad de los hijos, surge la pregunta de hasta cuándo se debe seguir pagando la pensión alimenticia de los hijos

(Foto: Economist & Jurist)

Leire Ecenarro

Socio en Fuster - Fabra Abogados




Tiempo de lectura: 9 min



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Pensión de alimentos en los hijos mayores de edad: un análisis jurídico

Alcanzada la mayoría de edad de los hijos, surge la pregunta de hasta cuándo se debe seguir pagando la pensión alimenticia de los hijos

(Foto: Economist & Jurist)

1.- Concepto de pensión de alimentos, causas de extinción y su regulación en la legislación española en los hijos mayores de edad.



Los hijos mayores de edad tiene derecho a percibir alimentos por parte de sus progenitores en virtud del deber general de alimentos entre parientes que regula el art. 142 del CC. En el supuesto de los hijos menores de edad, cuyo derecho a recibir alimentos nace de la patria potestad, el contenido de la prestación alimenticia es más amplia que en el supuesto de los hijos mayores, para los cuales los alimentos deben ceñirse a lo indispensable para su sustento (comida), habitación (lo que supondría la parte proporcional del gastos de alquiler/vivienda y suministros), vestido y asistencia médica (seguro médico privado, gastos médicos que el hijo devenga periódicamente por padecer una enfermedad).

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