Próximas novedades legales sobre prohibición de viviendas de uso turístico en comunidades de propietarios
El Gobierno planea reformar la Ley de Propiedad Horizontal
Interior de un apartamento turístico. (Foto: Getty Images)
Próximas novedades legales sobre prohibición de viviendas de uso turístico en comunidades de propietarios
El Gobierno planea reformar la Ley de Propiedad Horizontal
Interior de un apartamento turístico. (Foto: Getty Images)
En los últimos meses, la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, ha anunciado la voluntad del Gobierno de acometer una reforma de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal (en adelante, la LPH), para que las comunidades de propietarios dispongan de más herramientas jurídicas para vetar la actividad de explotación de viviendas de uso turístico en su edificio.
Por su parte, el alcalde de Barcelona, Jaume Collboni, ha anunciado su voluntad de erradicar esta actividad económica en la ciudad condal, eliminando todos los títulos habilitantes existentes para el año 2028, aplicando para ello el polémico Decreto Ley 3/2023, de 7 de noviembre, de medidas urgentes sobre el régimen urbanístico de las viviendas de uso turístico, que en su régimen transitorio, impone una caducidad sobrevenida de cinco años – prorrogable por otros cinco años excepcionalmente – para las viviendas de uso turístico debidamente habilitadas a la entrada en vigor de esta normativa en municipios con problemas de acceso a la vivienda y en municipios en riesgo de romper el equilibrio del entorno urbano por una alta concentración de viviendas de uso turístico – entre los que se encuentra Barcelona -, sin prever compensación económica por esta expropiación de licencias turísticas encubierta.
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