Rebus sic stantibus en la era Covid: grandes hitos jurisprudenciales
No se ha propiciado, como podría pensarse, la aplicación automática de la cláusula rebus sic stantibus al haber sido fuertemente criticada jurisprudencialmente
![](https://www.economistjurist.es/wp-content/uploads/sites/2/2021/10/people-walk-in-the-comercial-street-named-meritxell-after-covid19.jpg)
(Foto: Economist & Jurist)
Rebus sic stantibus en la era Covid: grandes hitos jurisprudenciales
No se ha propiciado, como podría pensarse, la aplicación automática de la cláusula rebus sic stantibus al haber sido fuertemente criticada jurisprudencialmente
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La cláusula rebus sic stantibus se encuentra, actualmente, muy en boga como consecuencia de la alteración sobrevenida de las circunstancias provocadas por el Covid-19, ya que los colectivos más afectados se han visto en la necesidad de adaptar los contratos que en su día suscribieron con unas condiciones específicas, a las excepcionales e imprevisibles circunstancias que, a causa de la pandemia, vienen padeciendo.
No puede soslayarse que, ya el Tribunal Supremo comenzó a aplicar la cláusula rebus sic stantibus –expresión latina cuyo significado se traduce en “estando así las cosas”- como consecuencia del fenómeno provocado ya en 2008 por la “burbuja inmobiliaria” y la crisis que trajo consigo, la cual se ha venido prolongando en el tiempo hasta momentos previos a la crisis financiera, laboral y social provocada por la pandemia por el Covid-19.
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