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‘Trust’ recibido en herencia: Impuesto sobre Sucesiones en España

Si un beneficiario español recibe bienes a través de un trust, estará sujeto al Impuesto sobre Sucesiones español.

(Imagen: E&J)

Dimitrichka Nedelcheva Anghelova

Abogada del área de Fiscal y Tributario de AGM Abogados




Tiempo de lectura: 2 min



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‘Trust’ recibido en herencia: Impuesto sobre Sucesiones en España

Si un beneficiario español recibe bienes a través de un trust, estará sujeto al Impuesto sobre Sucesiones español.

(Imagen: E&J)



El trust es una figura legal utilizada en países como Estados Unidos y Reino Unido, pero no está reconocida en España. Según el Convenio de La Haya de 1985, un trust se establece cuando una persona (el «settlor«) coloca bienes bajo el control de otra (el «trustee«) para que los administre en beneficio de un tercero (el «beneficiario»).

Cuando se recibe un trust en herencia, surgen complicaciones en España, ya que la figura no tiene validez legal. Esto significa que las autoridades fiscales españolas consideran que la transmisión de bienes se realiza directamente entre el settlor y el beneficiario, sin tener en cuenta al trustee.



Si un beneficiario español recibe bienes a través de un trust, estará sujeto al Impuesto sobre Sucesiones español. Este impuesto se aplica al valor de los bienes heredados y se devenga en el momento del fallecimiento del settlor. La obligación de pagar este impuesto recae sobre el beneficiario, quien deberá declarar los bienes recibidos y pagar el impuesto correspondiente.

El tipo impositivo y la base de cálculo del Impuesto sobre Sucesiones pueden variar dependiendo de la comunidad autónoma, así como de la relación del beneficiario con el fallecido y otros factores. En algunas comunidades, existen reducciones o bonificaciones que pueden aplicarse, pero estas generalmente no contemplan la figura del trust, complicando aún más la situación.

Un aspecto adicional a considerar son las cláusulas suspensivas que pueden estar incluidas en el contrato del trust. Estas cláusulas establecen condiciones que deben cumplirse antes de que se produzca la transmisión de bienes. En este caso, el devengo del impuesto se produce cuando se cumple la condición o se elimina la limitación establecida en el trust.



(Imagen: E&J)

Según el artículo 24.3 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (LISD), las adquisiciones de bienes cuya efectividad esté suspendida se consideran realizadas cuando desaparecen dichas limitaciones. Esto significa que, si el beneficiario debe esperar a que se cumpla una condición para acceder a los bienes, el impuesto no se devengará hasta que esa condición se cumpla.

Dada la complejidad del tratamiento fiscal del trust en España, es fundamental que los beneficiarios revisen detenidamente las condiciones del trust. Esto incluye entender las implicaciones fiscales, los momentos en que se devengarán impuestos y las obligaciones de declaración.

Los beneficiarios deben ser conscientes de que, al no reconocer la figura del trust, las autoridades fiscales españolas pueden interpretar las transmisiones de manera diferente a como se haría en un país donde el trust es una figura legal aceptada. Esto puede llevar a una carga fiscal inesperada o a la necesidad de cumplir con requisitos de declaración que no se anticiparon al establecer el trust.

La utilización del trust como herramienta de planificación patrimonial presenta desafíos significativos en España. La falta de reconocimiento legal y las complicaciones fiscales asociadas pueden dificultar el manejo de los bienes heredados.

Es esencial que quienes consideren establecer un trust o que hayan heredado bienes a través de uno consulten a un profesional legal o fiscal que entienda tanto la legislación internacional como la española. De este modo, podrán optimizar su planificación patrimonial y cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes, evitando sorpresas desagradables en el futuro.