¿Y si los sindicatos no responden? El Supremo abre un nuevo capítulo en los Planes de Igualdad
El Tribunal Supremo abre la puerta a la elaboración unilateral del Plan de Igualdad en empresas sin representantes legales de los trabajadores
(Foto: Archivo)
¿Y si los sindicatos no responden? El Supremo abre un nuevo capítulo en los Planes de Igualdad
El Tribunal Supremo abre la puerta a la elaboración unilateral del Plan de Igualdad en empresas sin representantes legales de los trabajadores
(Foto: Archivo)
Uno de los mayores problemas que tenemos actualmente sobre la mesa en materia de Planes de Igualdad es qué sucede cuando en la compañía no hay representantes legales de los trabajadores (Comité de Empresa) y, por tanto, hay que efectuar el trámite del llamamiento a los sindicatos mayoritarios.
Lo que está sucediendo en muchos casos es que las empresas realizan el llamamiento y los sindicatos no responden (o bien, cuando lo hacen, emplazan a la empresa a volver a contactarles “más adelante”). Y esto lleva a una situación de bloqueo que perjudica enormemente a las compañías.
Pues bien, ya teníamos algunas sentencias de diversos Tribunales Superiores de Justicia declarando lícita la elaboración unilateral del plan de igualdad cuando la empresa pudiera acreditar que ha intentado (eso sí, de forma reiterada) realizar el trámite del llamamiento sin recibir respuesta.
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