Ya en el BOE la Ley de Paridad: comienza la cuenta atrás de adaptación para las sociedades cotizadas
La Ley de Paridad establece que las sociedades cotizadas deben asegurar una representación mínima del 40% del sexo menos representado en sus consejos de administración, con plazos específicos para cumplir con esta obligación
(Foto: Boletín Oficial del Estado)
Ya en el BOE la Ley de Paridad: comienza la cuenta atrás de adaptación para las sociedades cotizadas
La Ley de Paridad establece que las sociedades cotizadas deben asegurar una representación mínima del 40% del sexo menos representado en sus consejos de administración, con plazos específicos para cumplir con esta obligación
(Foto: Boletín Oficial del Estado)
Habemus por fin en el BOE la denominada “Ley de Paridad”, en cumplimiento de la obligación de trasponer la denominada “Directiva de Paridad”. Ahora comienza la cuenta atrás para que las sociedades cotizadas cumplan con los requisitos mínimos establecidos. Qué se entiende por representación paritaria, qué sanciones se establecen por incumplimiento o qué plazos de adaptación se establecen son algunas de las cuestiones clave que hay conocer.
El pasado viernes 2 de agosto se publicó en el BOE la esperada “Ley de Paridad” (Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres).
En primer lugar, cabe destacar que esta Ley no es una “idea española”, sino que deriva directamente del cumplimiento de la obligación de trasponer a nuestro ordenamiento la Directiva (UE) 2022/2381 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de noviembre de 2022 relativa a un mejor equilibrio de género entre los administradores de las sociedades cotizadas y a medidas conexas.
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