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El Servicio Andaluz de Salud indemnizará con 172.552 euros a la familia de una víctima por error en el diagnóstico

La Dirección asume su responsabilidad en el fallecimiento de un hombre de 53 años por un infarto de miocardio no detectado 

(Foto: Archivo)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




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El Servicio Andaluz de Salud indemnizará con 172.552 euros a la familia de una víctima por error en el diagnóstico

La Dirección asume su responsabilidad en el fallecimiento de un hombre de 53 años por un infarto de miocardio no detectado 

(Foto: Archivo)



El Servicio Andaluz de Sanidad asume su responsabilidad patrimonial por el fallecimiento de un hombre de 53 años por error en el diagnóstico de un infarto de miocardio no detectado y que le causó la muerte a las pocas horas de haber recibido el alta médica. Por dicho fallo en el diagnóstico, la Administración andaluza indemnizará a la mujer y los tres hijos de la víctima en la cantidad 172.552 euros.

La Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud ha emitido resolución estimando la reclamación presentada por los familiares del hombre fallecido al considerar que existe relación de causalidad entre la actuación de la Administración y el daño producido a la víctima mortal.



Dicha reclamación ha sido dirigida por el Letrado D. José Luis Ortiz Miranda, titular del Bufete Ortiz Abogados de Cádiz, y auxiliado por su socio titular D. Juan Manuel Priego Fernández.

(Foto: E&J)

El error en el diagnóstico imposibilito conocer el riesgo real

Los hechos se remontan al día 6 de noviembre de 2015 cuando el paciente acudió a un centro médico de Chiclana de la Frontera debido a un fuerte dolor torácico y malestar general desde hacía unos días, con dolor en el brazo izquierdo y malestar general con síntoma de constipado y palidez generalizada un tanto atípica.



En el centro médico le realizaron un electrocardiograma cuyo resultado, según criterio de la doctora que le atendió, no se observaba ninguna anomalía ni problema cardiaco. Por lo que se limitaron a administrar al paciente una dosis de insulina, ya que era diabético y aconsejarle que aumentara la dosis diaria, sin darle más importancia, siendo derivado al alta a su domicilio.

Sin embargo, al llegar a su domicilio el hombre continuó con el malestar el resto del día, y sobre las 03.30 horas de la madrugada el hombre comenzó a convulsionar, siendo encontrado por su familia en el suelo semiinconsciente sin poder casi articular palabra, por lo que llamaron inmediatamente a la ambulancia pero debido a la lejanía de donde vivían tardaba en llegar. Fue entonces cuando uno de sus hijos decide tomar la iniciativa y lo traslada en su vehículo particular junto con un vecino al Centro de Especialidades “La Longuera”, tratando de mantenerlo consciente durante el trayecto.

Al llegar al ambulatorio sobre las 04.00 horas de la madrugada, ya en un estado bastante crítico, con sudoración extrema y fuere dolor en el pecho, los médicos intentan realizarle un electrocardiograma, lo cual resultó muy difícil debido a su sudoración y dolor, que no le dejaba mantenerse quieto.

Pasados aproximadamente 15 minutos desde su llegada al ambulatorio, el paciente entró en parada cardiorrespiratoria y, pese a que los médicos intentaron realizarle la resucitación cardio pulmonar (PCR), la técnica no tuvo éxito, falleciendo el hombre.

(Foto: E&J)

Un electrocardiograma normal no excluye el diagnóstico de isquemia miocárdica

La resolución emitida por el Servicio Andaluz de Sanidad reconoce que la negligencia médica y de la cual se responsabiliza reside en que, aunque el electrocardiograma pudo presentarse normal o inespecífico, lo que define un grupo bajo de riesgo, no excluye por ello el diagnóstico de isquemia miocárdica. Por lo que no era descartable, en este caso, que existieran signos de isquemia en el primer electrocardiograma que le fue realizado al paciente antes de darle el alta médica a su domicilio.

Al no considerar el servicio médico la necesidad de realizarle un estudio de marcadores biológicos de necrosis, este error en el diagnóstico imposibilitó conocer el riesgo real de necrosis que padecía el hombre el día previo a su fallecimiento, sufriendo por ello el paciente una muerte súbita al día siguiente.

Además, en el estudio necrópsico post mortem realizado a la víctima se pone de manifiesto la presencia de una ateromatosis coronaria grave de las cuatro arterias principales, lo que le provocó un infarto aguado de miocardio con rotura en la cara anterolateral del ventrículo izquierdo, que provocó desgraciadamente su fallecimiento.

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