Absuelto de Delito Leve de Injurias y Vejación Injusta en el ámbito familiar
La defensa logró demostrar que la denuncia había sido iniciada por el denunciante con posibles motivos económicos
(Imagen: E&J)
Absuelto de Delito Leve de Injurias y Vejación Injusta en el ámbito familiar
La defensa logró demostrar que la denuncia había sido iniciada por el denunciante con posibles motivos económicos
(Imagen: E&J)
FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 09-11-2023
Materia: Derecho Penal
Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra la salud / Lesiones
Número: 14049
Tipo de caso: Caso Judicial
Voces: AMENAZAS, AMENAZAS EN EL ÁMBITO FAMILIAR, De las amenazas, De las lesiones, Delitos contra la libertad: amenazas, LESIONES
Documentos originales presentados
El caso
En este caso, la cliente recibió una citación del Juzgado de Instrucción por un presunto Delito Leve de Injurias y Vejación Injusta en el ámbito familiar. Al revisar las actuaciones en el Juzgado, se encontró que solo existía la denuncia del demandante, que alegaba llamadas amenazantes e intimidatorias desde diferentes números y conversaciones de Whatsapp.
En el Juicio, la defensa logró demostrar que la denuncia había sido iniciada por el denunciante con posibles motivos económicos. No se pudo probar que los números de teléfono utilizados para las llamadas amenazantes pertenecieran a la cliente. La defensa argumentó una falta de prueba suficiente para enervar la presunción de inocencia de la cliente, destacando que la única evidencia directa era el testimonio del denunciante.
Finalmente, la Sentencia absolvió a la cliente del delito leve de injurias y vejación injusta en el ámbito familiar, conforme al artículo 173.4 del Código Penal, con la imposición de costas de oficio.
El objetivo principal del cliente demandado en este caso era lograr su absolución de los cargos de Delito Leve de Injurias y Vejación Injusta en el ámbito familiar que se le imputaban.
La estrategia del abogado defensor se centró en desacreditar la denuncia, cuestionando su validez, argumentando que la misma fue iniciada con posibles motivos económicos y que no existían pruebas suficientes para demostrar la culpabilidad de la cliente.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Penal
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Instrucción.
- Tipo de procedimiento: Procedimiento de juicio por delito leve.
- Fecha de inicio del procedimiento: 18-05-2023
Partes
Parte demandante:
– Luisa González.
Parte demandada:
– Benita Flores.
Peticiones realizadas
– Absolución de la cliente de los cargos de Delito Leve de Injurias y Vejación Injusta en el ámbito familiar.
– Argumentación para desacreditar la denuncia presentada por el denunciante, señalando posibles motivos económicos y falta de pruebas concluyentes.
– Solicitar la invalidez de las pruebas presentadas, especialmente en lo que respecta a las llamadas amenazantes y las conversaciones de WhatsApp.
– Destacar la falta de legitimación pasiva al no poder demostrar que los números de teléfono utilizados pertenecían a la cliente.
– Mantener la presunción de inocencia de la cliente basándose en la insuficiencia de pruebas directas.
Argumentos
1.Denuncia Motivada por Intereses Económicos:
Se argumentó que la denuncia fue iniciada por el denunciante con posibles motivos económicos, lo que sugiere que la acusación tenía un interés personal y posiblemente un móvil económico.
2.Falta de Pruebas Directas:
Se destacó la falta de pruebas concluyentes que vincularan directamente a la cliente con las acciones denunciadas. En particular, se cuestionó la validez de las pruebas relacionadas con las llamadas amenazantes y las conversaciones de WhatsApp, sosteniendo que no se podía probar la propiedad de los números de teléfono utilizados.
3.Legitimación Pasiva:
Se argumentó la «legitimación pasiva», indicando que no existían pruebas suficientes para demostrar que los números de teléfono desde los cuales se realizaron las llamadas amenazantes eran propiedad de la cliente. Esto sugiere que la cliente no estaba directamente implicada en las acciones denunciadas.
4.Presunción de Inocencia:
Se mantuvo la presunción de inocencia de la cliente, resaltando la falta de pruebas suficientes para enervar dicho principio. Se argumentó que el testimonio del denunciante era la única evidencia directa, y sin pruebas adicionales, no se podía llegar a la convicción de que la cliente cometió el delito imputado.
Normas y artículos relacionados
Documental aportada
La denuncia escrita a mano por la parte denunciante.
Prueba
Prueba documental.
Estructura procesal
– Citación y Denuncia:
La cliente recibe una cédula de citación del Juzgado de Instrucción.
La denuncia presentada por el denunciante acusa a la cliente de un presunto Delito Leve de Injurias y Vejación Injusta en el ámbito familiar.
– Personación en el Juzgado:
La defensa se presenta en el Juzgado para revisar las actuaciones.
Se constata que únicamente existe la denuncia presentada por el denunciante.
– Actuaciones Preparatorias:
La defensa revisa las pruebas y documentación presentada por la parte denunciante.
Se preparan estrategias legales basadas en la revisión de la denuncia y las pruebas.
– Juicio:
Durante el juicio, se lleva a cabo la declaración de la cliente y del denunciante.
La defensa presenta argumentos cuestionando la validez de la denuncia, señalando posibles motivos económicos del denunciante y la falta de pruebas concluyentes.
– Desarrollo del Juicio:
Se presentan testimonios, pruebas y argumentos de ambas partes.
La defensa trabaja para desacreditar la versión del denunciante y respaldar la presunción de inocencia de la cliente.
– Argumentación de la Defensa:
La defensa presenta argumentos clave, como la falta de legitimación pasiva, la falta de pruebas directas y la presunción de inocencia de la cliente.
– Sentencia:
La Sentencia se emite, absolviendo a la cliente del Delito Leve de Injurias y Vejación Injusta en el ámbito familiar.
Se declara la imposición de costas de oficio.
Resolución Judicial
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
El Juzgado de Instrucción absuelve a Benito Flores del delito leve de injurias y vejación injusta en el ámbito familiar, según lo dispuesto en el artículo 173.4 del Código Penal, imputado en estos autos. Asimismo, se declara la imposición de las costas de este procedimiento de oficio.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
PRIMERO. Falta de Acreditación de los Hechos Denunciados:
- Se sostiene que los hechos denunciados no han sido debidamente acreditados, a pesar de la versión constante ofrecida por el perjudicado.
- La denuncia se basa en llamadas telefónicas y mensajes de WhatsApp, pero la documentación presentada no respalda la versión del denunciante sobre insultos proferidos por la denunciada.
- Se concluye que la documentación no respalda la versión de los hechos que podrían constituir un delito leve de injurias en el ámbito de una relación sentimental.
- Se destaca la negación de la denunciada respecto al contacto con el denunciante en el día de la denuncia, aunque se sugiere que existe documentación que respalda la existencia del contacto.
SEGUNDO. Aplicación del Principio «In Dubio Pro Reo»:
- Se hace referencia al principio «in dubio pro reo», indicando que cualquier duda del órgano enjuiciador debe resolverse a favor de la persona enjuiciada.
- Este principio se invoca en el caso de que haya incertidumbre después de la prueba practicada en el juicio.
TERCERO. Imposición de Costas:
- Con base en el artículo 123 del Código Penal y el artículo 240 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se establece que las costas del procedimiento deben ser impuestas a los penalmente responsables de los ilícitos penales.
Jurisprudencia
- Audiencia Provincial de Asturias, núm. 557/2014, de 16-12-2014. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69333131
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 12/2008, de 14-01-2008. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 169076
- Audiencia Provincial de Alicante/Alacant, núm. 330/2012, de 18-07-2012. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2419283
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 0/0, de 06-07-2006. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 1431314
- Audiencia Provincial de Cáceres, núm. 21/2018, de 08-01-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71510384
Biblioteca
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