Accidente automóvil. Conducción imprudente
Accidente automóvil. Conducción imprudente
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1. Denuncia Ministerio fiscal |
2. Contestación a la denuncia |
3. Sentencia primera instancia |
4. Recurso apelación |
5. Contestación Ministerio fiscal |
6. Sentencia segunda instancia |
Supuesto de hecho.
Don Miguel Angel conducía por la localidad de Pinto bajo la influencia de bebidas alcohólicas, perdió en un momento dado el control del vehículo, fruto de dicha situación de embriaguez, causándole daños a otro vehículo, conducido por Don Ricardo, que aun no han sido establecidos. Por ello el Ministerio fiscal interviene, presentando una denuncia contra Don Miguel Angel, pidiendo para el la pérdida del permiso de conducir por un periodo de un año, así como una multa de 150000 pesetas. Pide asimismo que corra con los gastos de reparación del vehículo que ha dañado. Don Miguel Angel contesta a la denuncia con un escrito en el que niega que estuviera bajo la influencia de bebidas alcólicas, y por lo tanto, niega la existencia de ningún delito.
Objetivo. Cuestión planteada.
El objetivo del cliente es que se desestime la denuncia del Ministerio fiscal, y que por lo tanto se le absuelva del delito que le acusa el Ministerio fiscal.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado consiste en demostrar que su cliente no conducía bajo la influencia de bebidas alcohólicas, y que por lo tanto no se ha dado el delito del cual acusa al cliente el Ministerio fiscal.
Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de lo penal número 18 de Madrid
Tipo de procedimiento: Procedimiento abreviado
Fecha de inicio del procedimiento: 22-12-1993
Parte acusadora
-. Ministerio fiscal
Parte acusada
-. Don Miguel Angel
Parte acusadora
-. Las peticiones de la parte acusadora son que condene a la parte acusada a una multa de 150000 pesetas y a reparar los daños del vehículo que ha dáñado, cuando se determinen dichos daños.
Parte acusada
-. La petición de la parte acusada es que se le absuelva del delito del que se le acusa por parte del Ministerio fiscal.
Parte denunciante
-. Los argumentos de la parte denunciante son que debido a su estado de embriaguez ha tenido un accidente automovilístico que ha ocasionado daños en otro vehículo
Parte denunciada
-. El principal argumento de la parte denunciada es que no conducía bajo la influencia del alcohol, y que por lo tanto no ha cometido delito.
Parte denunciante
Fondo
-. Código penal ( Art 340)
Procesal
-. Ley de enjuiciamiento criminal ( Art 790.5)
Parte denunciada
No hay
Parte denunciante
-. Informe de daños
Parte denunciada
-. Poder general para pleitos
Parte denunciante
-. Interrogatorio del acusado
-. Prueba testifical
Prueba documental
Parte denunciada
-. Interrogatorio del acusado
-. Prueba documental
Mediante el fallo se condena a Don Miguel Angel a una multa de 100000 pesetas con 16 dias de arresto sustitutorio en caso de impago y la pérdida de tres meses y un dia del permiso de conducir. Por otra parte se condena a Don Miguel Angel a indemnizar a Don ricardo por los daños acosionados a su vehículo una vez se cuantifiquen estos.Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
La sentencia basa la condena en que el acusado a realizado el delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, tipificado en el artículo 340 de el código penal.
Recurrente: Don Miguel angel
Fecha del recurso: 04-04-1995
Tribunal: Audiencia provincial de Madrid
La parte recurrente presentó prueba testifical
Documentación de primera instancia y sentencia recurrida.
La sentencia desestima el recurso de apelación interpuesto por el recurrente.Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
La resolución se basa en que los hechos por los que se dictó sentencia condenatoria por parte del juzgado numero 18 de lo penal aparecen debidamente acreditados, por lo que se desestima el recurso.
- Tribunal Superior de Justicia de Madrid, núm. 1084/2015, de 11-11-2015. KsoluciónPremium.Jurisprudencia. Marginal: 69465901
- Audiencia Provincial de Jaén, núm. 234/2015, de 21-10-2015. KsoluciónPremium.Jurisprudencia. Marginal: 69464382
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