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Casos de éxito

Apelación contra sentencia que estima demanda por nulidad de cláusula de gastos hipotecarios

"Doña Carmen y Don Mario contra la entidad bancaria con la que firmaron hipoteca por declaración de nulidad por claúsula abusiva de su contrato hipotecario correspondiente a los gastos"

(Foto: E&J)

Virginia Acosta de Celis

Especialista en Derecho Civil, Bancario, Consumidores, Obligaciones y Contratos




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




Casos de éxito

Apelación contra sentencia que estima demanda por nulidad de cláusula de gastos hipotecarios

"Doña Carmen y Don Mario contra la entidad bancaria con la que firmaron hipoteca por declaración de nulidad por claúsula abusiva de su contrato hipotecario correspondiente a los gastos"

(Foto: E&J)

  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 12-02-2021
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Otros contratos
  • Número: 13143
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: De las costas procesales, gastos hipoteca, HIPOTECA, RECURSO DE APELACIÓN
  • Documentalista: Irene del Saz

Documentos originales presentados



(Foto: E&J)

El caso

Supuesto de hecho

  • CÁDIZ, 17-09-2019

El 17 de septiembre de 2019, se dicta Sentencia por el Juzgado de 1ª Instancia de Cádiz tras un procedimiento iniciado por demanda de Doña Carmen y Don Mario contra la entidad bancaria con la que firmaron hipoteca por declaración de nulidad por claúsula abusiva de su contrato hipotecario correspondiente a los gastos.



La Sentencia estima la demanda de manera parcial condenando, entre otros pronunciamientos, a que la entidad abonara a los demandantes la cantidad de 829,42 euros, más el pago de las costas del procedimiento.

Ante este fallo, la entidad decide interponer Recurso de apelación.

Objetivo: cuestión planteada

La estrategia: solución propuesta

  • Oponerse al Recurso de apelación basándose en que la estimación sustancial de la demanda, implica que la entidad demandada, deberá abonar las costas con arreglo al art. 394 LEC.

El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Civil
  • Juzgado de inicio del procedimiento: Audiencia Provincial
  • Tipo de procedimiento: Procedimiento Ordinario
  • Fecha de inicio del procedimiento: 17-10-2019

Partes

Apelante:

  • Banco SEVILLA

Apelado:

  • Don Mario
  • Doña Carmen

Peticiones realizadas

Apelante:

  • Que la Sentencia apelada sea modificada en cuanto al pronunciamiento de costas que se realiza en ella habiendo sido parcial la estimación de la demanda.

Apelado:

  • Que sea confirmada la Sentencia apelada.

Argumentos

Apelante:

  • Dado el resultado del presente proceso no procede efectuar condena en costas a ninguna de las partes, conforme a la regla general establecida en el art. 394.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  • Entendemos de este modo que al haberse visto rechazado uno de los pedimentos más importantes como lo es la restitución económica (concesión solo del 50% de los gastos de Tasación), no puede hablarse en ningún caso de estimación total de la demanda, ni mucho menos parcial y menos todavía aplicar lo argumentado en la STS de 4 de julio de 2017, y así vienen pronunciándose la mayor parte de nuestras Audiencias Provinciales.

Apelado:

  • Que en cuanto al pronunciamiento en materia de costas, establece la Sentencia que se está recurriendo de contrario, concretamente en el fundamento octavo:
  • En materia de costas, la estimación de la demanda debe ser sustancial porque procede declarar la nulidad de la cláusula impugnada, por abusiva, y condenar a la demandada a restituir a los actores una cantidad de dinero que supera el 50% de la cantidad reclamada en el presente procedimiento, tal y como así se puso de manifiesto por la  Audiencia Provincial de Cádiz en la Sentencia nº 544/2018 de 16 de octubre de 2018 y en la Sentencia nº 610/2018 de 14 de noviembre.
    Concretamente, los actores reclaman a la demandada la cantidad de 1.368,60 euros y en virtud de lo previsto en esta sentencia la demandada deberá restituir a los actores la cantidad de 829,42 euros.
  • La estimación sustancial de la demanda implica que la entidad prestamista demandada deberá abonar las costas del procedimiento con arreglo a lo previsto en el artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Normas y artículos relacionados

Resolución Judicial

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:



La AP de Cádiz, dicta Sentencia por la cual falla:

  • Que se desestima el recurso interpuesto por la entidad bancaria, confirmarndo íntegramente la Sentencia de Instancia, todo ello con imposición de costas al apelante, acordando la pérdida del depósito constituido al que se dará destino legal.

Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:

La AP basa su fallo en los siguientes fundamentos:

  • Se impugna en esta alzada únicamente la imposición a la demandada de las costas de la instancia, por entender que al producirse la mera estimación parcial, se determinaría la no imposición de las mismas.
  • Aunque pueda considerarse que la sentencia estima sustancialmente la demanda, como indica la misma, ya que no hay diferencia esencial entre lo solicitado y lo concedido, también es de aplicación el contenido de la STJUE de 16 de julio de 2020, que indica: “En este caso, la Directiva 93/13 reconoce al consumidor el derecho de acudir a un juez para que
    se declare el carácter abusivo de una cláusula contractual y para que se deje sin aplicar. Pues bien, condicionar el resultado de la distribución de las costas de un procedimiento de esa índole únicamente a las cantidades indebidamente pagadas y cuya restitución se ordena puede disuadir al consumidor de ejercer tal derecho debido a los costes que implica una acción judicial.
  • La Directiva 93/13, así como el principio de efectividad, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a un régimen que permite que el consumidor cargue con una parte de las costas procesales en función del importe de las cantidades indebidamente pagadas que le son restituidas a raíz de la declaración de la nulidad de una cláusula contractual por tener carácter abusivo, dado que tal régimen crea un obstáculo significativo que puede disuadir a los consumidores de ejercer el derecho, conferido por la Directiva 93/13, a un control judicial efectivo del carácter potencialmente abusivo de cláusulas contractuales.» En consecuencia y declarada la nulidad de la clausula de imposición de gastos, discrepándose unicamente de las cantidades reclamadas en un principio en la demanda, es de aplicar el criterio establecido en dicha STJUE.

Jurisprudencia

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Biblioteca

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