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Casos de éxito

Autorización de trabajo y regímenes españoles (arraigo familiar)

"A Don Juan, quien migró a España en el año 2017, se le ha denegado la residencia temporal y trabajo por cuenta ajena inicial por circunstancias excepcionales por arraigo familiar"

(Foto: E&J)

Úrsula Corzo García

Directora de Corzo & García y Fundadora de Emigrante Retornado




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




Casos de éxito

Autorización de trabajo y regímenes españoles (arraigo familiar)

"A Don Juan, quien migró a España en el año 2017, se le ha denegado la residencia temporal y trabajo por cuenta ajena inicial por circunstancias excepcionales por arraigo familiar"

(Foto: E&J)

  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 30-10-2019
  • Materia: Derecho Administrativo
  • Especialidad: / Derecho Administrativo / Extranjería / Autorización de trabajo y regímenes españoles
  • Número: 12444
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Autorización de Residencia Temporal Inicial por Reagrupación Familiar, Autorización de Residencia Temporal y Trabajo por Circunstancias Excepcionales por motivos de Arraigo Social, Nacionalidad y extranjería, residencia temporal
  • Documentalista: Andoni Osinaga

Documentos originales presentados



(Foto: E&J)

El caso

Supuesto de hecho



  • Oviedo, Asturias, 27-05-2019.

A Don Juan, quien migró a España en el año 2017, se le ha denegado la residencia temporal y trabajo por cuenta ajena inicial por circunstancias excepcionales por arraigo familiar, registrándose a su nombre una solicitud inicial el 4 de julio de 2017 con validez de un año, denegándose su renovación el 14 de noviembre de 2018 por tener un periodo de actividad laboral inferior a 3 meses por año.



Objetivo: cuestión planteada

  1. Se revoque la resolución impugnada, declarándola nula por ser contraria al ordenamiento, y se le conceda a Don Juan la autorización de residencia por circunstancias excepcionales por arraigo familiar, con autorización para trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia.
  2. Se impongan las costas causadas a la parte demandada.

La estrategia: solución propuesta

  1. A Don Juan, quien migró a España procedente de Perú, donde nació su segunda hija, siendo ésta de nacionalidad española de conformidad al criterio del ius soli, se le ha denegado la renovación de permiso de residencia por circunstancias excepcionales (arraigo familiar) con autorización para trabajar por cuenta ajena por no haber cubierto el periodo necesario de cotización a la Seguridad Social.
  2. Cabe destacar que por circunstancias excepcionales o humanitarias, se ha de tener en cuenta el derecho de reagrupación familiar del que es titular su hija recién nacida, quien ostenta nacionalidad Española por haber nacido en territorio español, pues es necesario que se regularice su situación para que Don Juan pueda hacerse cargo de su descendiente de nacionalidad española.
  3. Por ello, la estrategia del abogado está destinada a intentar que se revoque la resolución impugnada, declarándose ésta nula por ser contraria al ordenamiento y concediéndole a Don Juan la autorización de residencia por circunstancias excepcionales con autorización para trabajar por cuenta ajena y cuenta propia. Así como, que el cargo de las costas causadas sea por parte de la parte demandada.

El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Contencioso – Administrativo
  • Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Oviedo
  • Tipo de procedimiento: Abreviado
  • Fecha de inicio del procedimiento: 27-05-2019

Partes

Parte demandante:

  • Don Juan Ochoa Pérez

Parte demandada:

  • Administración del Estado

Peticiones realizadas

Parte demandante:

  1. Solicita que se revoque la resolución impugnada declarándola nula por ser contraria al ordenamiento y conceda a Don Juan la autorización de residencia por circunstancias excepcionales por arraigo familiar, con autorización para trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia.
  2. Se le impongan las costas causas en su totalidad a la parte demandada.
  3. Se admitan los documentos adjuntos y se tomen en consideración para el momento procesal oportuno.

Parte demandada:

1. Se desestime el recurso contencioso-administrativo, al entenderse que la resolución impugnada es conforme a derecho, pues la denegación de una autorización de residencia no determina la ruptura de la convivencia familiar, ya no estamos ante un procedimiento sancionador. Además, el Tribunal Supremo tiene por establecido que las autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales por arraigo familiar son prorrogables, cosa que no se solicitó en este supuesto, sino que se solicitó una autorización de residencia y trabajo.

Argumentos

Parte demandante:

Alega que la autorización de residencia ha sido indebidamente denegada, pues concurren los requisitos necesarios para concederse como medio para salvaguardar el derecho de reagrupación familiar al ser padre de una niña con nacionalidad española, habiendo dispuesto de autorización de residencia por circunstancias excepcionales por arraigo familiar.



Parte demandada:

Alega que Don Juan no cumple ninguno de los requisitos que se recogen en el artículo 71 del RD 557/2011, pues no hay continuidad en la relación laboral en el momento de concederse la autorización anterior, ni consta que haya trabajado el periodo estipulado por ley. Tampoco concurren los supuestos establecidos en el artículo 38 de la LO 4/2000, los cuales podría motivar la concesión de la autorización de trabajo y residencia solicitada.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

  • La misma que la prueba aportada

Prueba

La parte demandante en su demanda aportó los siguientes documentos:

  1. Certificado de nacimiento de su segunda hija nacida en territorio nacional.
  2. Acuerdo de solicitud y concesión de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
  3. Admisión a trámite de solicitud de renovación de permiso de residencia, denegación y desestimación de recurso de reposición.
  4. Carta de antecedentes penales.

Resolución Judicial

Fecha de la resolución judicial: 30-10-2019

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:

El juzgado de lo contencioso-administrativo desestima el presente recurso contra la resolución de 14 de noviembre de 2018, declarando:

  1. La conformidad de los actos recurridos con el ordenamiento jurídico.
  2. Imponiendo las costas a la parte actora con el límite de cien euros.
  3. Indeterminada la cuantía del recurso.

Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:

  1. En la resolución judicial se explica que la Administración del Estado desestima el recurso al entender que la resolución impugnada es conforme a derecho, por lo que la denegación de una autorización de residencia no determina la ruptura de la convivencia familiar. Además, el Tribunal Supremo tiene establecido que dichas autorizaciones de residencia sean prorrogables, pero en este supuesto lo que se solicitó fue una autorización de residencia y trabajo, en cuyo caso se debe cumplir los requisitos que se recogen en el artículo 71 del RD 557/2011 y cuya regulación se encuentra recogida en el artículo 38.6 de la LO 4/2000.
  2. En cuanto a las costas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 139.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y dada la desestimación del recurso, se imponen las costas a la parte actora con el límite de cien euros.

Jurisprudencia

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