Caso real de impugnación de acuerdo adoptados en Junta de Propietarios
Caso real de impugnación de acuerdo adoptados en Junta de Propietarios
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Propiedad horizontal
- Número: 11976
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, COMUNIDAD DE VECINOS, ELEMENTOS COMUNES, JUNTA DE PROPIETARIOS, Propiedad horizontal, PROPIEDAD HORIZONTAL
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 26-06-2019
- Redacción editorial: Andoni Osinaga Méndez.
Documentos originales presentados en el juzgado
Visualización de documentos
El caso
Supuesto de hecho
Madrid, 31-03-2016
El día 20 de octubre de 2016 se celebra una Junta General Ordinaria en la que se acuerda dejar sin efecto por defectos insubsanables en su celebración los acuerdos adoptados en la Junta del 31 de marzo del mismo año, también impugnada, la cual tenía por objeto la deliberación y votación de los mismos asuntos que la que ahora se impugna ( 25 de enero de 2017):
- Aprobación de las cuentas del ejercicio económico al 31.12.2015 y 31.12.2016
- Aprobación del presupuesto ordinario para el ejercicio económico 2015-2016 y 2016-2017.
- Reparto de coste de calefacción central del ediificio y desconexión del sistema de calefacción efectuada por el ahora demandante.
Acuerdos que generan una disconformidad entre el propietario de uno de los inmuebles y la comunidad de vecinos en general, disconformidad que termina con la interposición de una Demanda del propietario de uno de los pisos contra la comunidad de vecinos; resultado de un supuesto error en el reparto de costes de la calefacción central del edificio que termina con la desconexión de este del sistema central, desconexión que debería haber notificado así como el aumento del número de radiadores instalados en su inmueble, hechos que no son notificados a la comunidad y contrarios al estatuto de esta.
Objetivo. Cuestión planteada.
- Que la Demanda interpuesta sea desestimada.
- Que no se deje sin efecto los acuerdos comunitarios adoptados por la comunidad de vecinos.
La estrategia. Solución propuesta.
- Manifestar las continuas disconformidades del ahora demandante contra diferentes acuerdos que han sido adoptados en la comunidad de vecinos, manifestando su falta de asistencia a la gran mayoría de las Juntas que se han llevado a cabo a lo largo de los años.
- Presentar documentación en la que se prueba que existe un incremento de los gastos de calefacción central como resultado de que la comunidad de vecinos y de manera unánime se hizo con uno de los pisos que estaba vacío para hacer uso del mismo como «portería».
- Presentar documentación en la que se manifiesta como el ahora demandante se desconecta del sistema de calefacción central sin haberlo notificado a la Comunidad de Vecinos, así como aumenta el número de radiadores sin notificarlo, hechos contrarios a los estatutos de la comunidad ya que el gasto que este hace sería superior al reparto de coste de calefacción central del edificio.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Civil
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de primera instancia Nº92 de Madrid
- Tipo de procedimiento: Ordinario
- Fecha de inicio del procedimiento: 03-03-2017
Partes
Parte demandante:
- Don Jesús Jorges.
Parte demandada:
- Comunidad de propietarios.
Peticiones realizadas
Parte demandante:
- Que se dejen sin efectos los acuerdos segundo (cuentas de los ejercicios económicos al 31.12.2015 y 31.12.2016), tercero ( presupuesto ordinario para los ejercicios 2015-2016 y 2016-2017) y quinto( reparto de coste de calefacción central del edificio) aprobados en la Junta General Ordinaria de la comunidad Demanda con fecha 25 de enero de 2017.
Parte demandada:
- Que se desestime la Demanda interpuesta por el demandante.
- Que se desestime la petición del demandante consistente en dejar sin efecto los acuedos segundo, tercero y quinto aprobados en la Junta General Ordinaria anteriormente mencionada.
- Que se le condene al pago de las costas.
Argumentos
Parte demandante:
- Se impugnan los acuerdos segundo y tercero alegando que no respetan a juicio de esta parte, el sistema de reparto de gastos entre los diferentes pisos y locales establecido en el titulo constitutivo, aplicando al piso de la parte demandante coeficientes superiores a los establecidos en el título (que son 7,55% para gastos comunes, 8,91% para gastos de portal, escalera y ascensor y 7,3487% para los gastos de calefacción).
- Se impugna el acuerdo quinto alegando que tras la anulación de una parte de los radiadores de la vivienda del ahora demandante, la potencia calorífica se redujo a 5,2830 Kc/h lo que supone un coeficiente del 7,1757%, pero la comunidad le atribuye el 7,3487% porque al no aceptar la desconexión, la comunidad infringe la finalidad de ahorra energético de la Directiva Europea 2021/27/UE de eficiencia energétca que ha sido parcialmente transpuesta a la legislación española.
Parte demandada:
- La parte demandae se opone a la Demanda y a lo solicitado y argumentado por la parte demandante, alegando la validez de los acuerdos que este impugna, manifestando que por virtud de lo acordado en fecha 29 de marzo de 1966, la comunidad de propietarios y ahora demandada, compra uno de los pisos, contribuyendo los comuneros como propietarios a los gastos generales de dicho piso conforme a su cuota de participación, razón por la cual cada propietario de la comunidad verá incrementada su cuota total de gastos por la parte correspondiente a la cuota del piso comprado comunmente, distribución y aumento de gastos por así decirlo de cada uno de los propietarios aceptado por todos estos (inclusive el ahora demandante) y pagados y asumidos desde 1998.
- Se opone a los motivos alegados por la demandante respecto al acuerdo quinto, manifestando que la potencia calorífica asignada al piso del demandante tras la reducción de elementos se ha de adicional la parte correspondiente a la potencia calorífica del piso comprado por la comunidad, lo que da como resultado el coeficiente del 7,3487% aplicado, alegando también que la directiva que menciona la parte demandante solamente a sido transpuesta en parte y que el sistema de calefacción central es por naturaleza un elemento común del que los comuneros no pueden disponer ni modificar.
Normas y artículos relacionados
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.
- DICTAMEN 3/2016, de 5 de mayo, sobre el Real decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía.
- Artículo 52. Competencia territorial en casos especiales. Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Artículo trece. , Artículo dieciocho. , Artículo diecisiete. , Artículo noveno. Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.
Documental aportada
Parte demandante:
- Documento 2: Nota simple informativa del Registro de la Propiedad de Madrid.
- Documento 3: Copia de la convocatoria de la Junta del 25 de enero de 2017.
- Documento 4: Acta de la convocatoria que fue recibida el día 31 de enero de 2017.
- Documento 5: Aclaración posterior a la distribución del presupuesto.
- Documento 6: Acta de la junta celebrada el día 20 de octubre de 2016.
- Documento 7: Acta de la Junta General celebrada el 31 de marzo de 2016.
- Documento 8: Copia firmada por el destinatario como el justificante de entrega del voto negativo el día 14 de febrero de 2017 al administrador.
- Documento 9: Lectura de la división horizontal de la finca.
- Documento 10: Distibución general del presupuesto del ejercicio 2015 que figura en el punto 4º del acta de la Junta general Ordinaria celebrada el día 6 de mayo de 2015.
- Documento 11: Acuerdo sobre aprobación de cuentas y disctribución general del presupuesto del ejercicio 2016.
- Documento 12: Tabla de potencia calorífica total de la finca primeramente entregada a los propietarios.
- Documento 13: Anulación de una parte de los radiadores de la vivienda del demandante y comunicación a la Comunidad que acepta la reducción y procede a efectuar el recálculo de la potencia calorífica.
- Documento 14: Contrato de instalación de los repartidores de costes.
- Documentos 15 y 16: Precio de la unidad calorífica.
- Documentos 17 y 18: Precio de la unidad calorífica.
Parte demandada:
- Documento 1: Copia fehaciente de escritura para unión a los autos.
- Documento 2, 3, 4,5,6 y 7: Escritos remitidas por el actos a los órganos de gobierno de la Comunidad, de los que puede deducirse que entendemos como contrarios a las normas de mínima convivencia y educación que deben presidir la vida en comunidad.
- Documento 8: Auto de fecha 12 de diciembre de 2016, archivando el procedimiento.
- Documento 9: Acuerdo de 31 de marzo de 2016.
- Documento 10: Acuerdo de 20 de octubre de 2016.
- Documento 11: Reparto que desde se constituyó la Comunidad viene realizándose conforme a los Estatutos reguladores de la misma.
- Documento 12: Copia de la compravente que se ejecuta en escritura pública el día 7 de mayo de 1968.
- Documento 13: Autorización al Presidente de la Comunidad para contratar la instalación en todas las viviendas de un sistema de repartidores de costes.
- Documento 14: Contrato presupuesto de fecha 4 de julio de 2014.
- Documento 15: Acta de la Junta de 10 de marzo de 2015.
Resolución Judicial
Fecha de la resolución judicial: 01-08-2018
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
- Desestimar integramente la Demanda.
- Absolver al demandado y condenar a la parte actora al pago de las costas.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
- La prueba documental aportada por la parte demandada (documentos 11 y 12 no impugnados) así como la testifical del actual y anterior administrador de la comunidad, permite tener por plenamente acreditado que el coeficiente de gastos de cada una de las clases que determinan los estatutos se ve incrementada o aumentada por la parte correspondiente al piso que fue comprado por la comunidad de manera unánime por todos los propietarios cuyo uso iba a ser el de porteria.
- Los coeficientes aplicados a las cuentas de los ejercicios 2015-2016 y 2016-2017 son plenamente ajustados a derecho.
- A pesar de que el demandante quiera o se desconecte del sistema central de calefacción, ya que tiene ese derecho si no se determina lo contrario, se verá obligado a seguir pagando las cuotas, ya que es una obligación que posee como propietario, debiendo contribuir a los gastos del servicio común haga o no uso del mismo.
- Alega que los acuerdos comunitarios solamente serán nulos o anulables cuando infrinjan la LPH o los Estatutos o una Ley imperativa o prohibitiva, siendo el reglamento que se cita en este caso no conteniente de ninguna disposición de este tipo que afecte a las comunidades de propietarios y suponga una obligación coercible relativa a este tipo de servicios común que limite la voluntad comunitaria.
- Finalmente, argumenta que a pesar de que no exista ningún informe técnico de la empresa contratada que decida tomar la decisión de fijar los porcentajes correspondientes a los costes fijos y variables, es un porcentaje que se ha venido aplicando por la comunidad al menos desde el año 2015, habiendose celebrando inclusive Junta monográfica el 10 de marzo de 2015 con el objetivo de explicar la confección del recibo de calefacción, junta que además no fue impugnada, entendiendose así que el sistema explicado era aceptado por la comunidad y de aplicación hasta la impugnación de ahora.
Segunda instancia
- Tipo de recurso: Recurso de apelación
- Recurrente: Don Jesús Jorges
- Fecha del recurso: 03-10-2018
- Tribunal: Audiencia Provincial de Madrid
Resolución judicial del recurso
Jurisprudencia
- Tribunal Supremo, núm. 662/2009, de 28-10-2009. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 425258
- Tribunal Supremo, núm. 86/2012, de 20-02-2012. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2380582
- Tribunal Supremo, núm. 335/2009, de 29-05-2009. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 316108
- Tribunal Supremo, núm. 124/2013, de 26-02-2013. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2423266
- Tribunal Supremo, núm. 676/2011, de 10-10-2011. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2318566
- Tribunal Supremo, núm. 372/2011, de 01-06-2011. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2299529
- Audiencia Provincial de Burgos, núm. 399/2019, de 31-07-2019. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71476024
Formularios jurídicos relacionados con este caso
- Escrito demanda en impugnación de acuerdos adoptados en junta de comunidad de vecinos
- Escrito contestación demanda en impugnación de acuerdos adoptados en junta de comunidad de vecinos
- Escrito recurso apelación sobre acuerdos adoptados en junta de comunidad de vecinos
- Escrito oposición recurso apelación sobre acuerdos adoptados en junta de comunidad de vecinos
Biblioteca
Libros
- La nueva propiedad horizontal
- La nueva regulación de la propiedad horizontal en Catalunya. Regulación normativa comentada y con jurisprudencia + Cd
- Leyes de propiedad horizontal
- Comentarios a la nueva regulación de la propiedad horizontal en el código civil de Cataluña
Artículos jurídicos
- Las acciones en el ámbito de la propiedad horizontal (2008)
- La nueva Ley de Propiedad Horizontal (mayo/junio 1999)
- Novedades Legislativas en materia de propiedad horizontal (octubre 2006)
- Legitimación activa y pasiva del arrendatario en los procesos en materia de propiedad horizontal(octubre 2017)
- Zonas comunes en propiedad horizontal, qué se puede hacer y qué no. (Abril 2016)
- División, agregación y segregación de inmuebles desde la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal de junio de 2013 (Diciembre – Enero 2016)
- Cuestiones prácticas en materia de Propiedad Horizontal. Jurisprudencia de las Audiencias Provinciales 2000-2003 (julio/agosto 2004)
- Propiedad horizontal en el libro V del Código Civil de Cataluña. Especialidades con respecto a la regulación estatal (marzo 2009)
- Los acuerdos de la junta de propietarios tras la reforma de la ley de propiedad horizontal operada por la Ley 8/2013, de 26 de junio (septiembre 2013)
Casos relacionados
- Comunidad de propietarios. Demanda de impugnación de los acuerdos adoptados en la junta de propietarios.
- Propiedad Horizontal e impugnación de acuerdos de Junta Propietarios.
- Nulidad de acuerdos comunitarios aprobados en Junta de vecinos.Propiedad Horizontal. Comunidad de Propietarios
- Propiedad horizontal. Fijación de cuotas. Acuerdo en comunidad de propietarios
- Comunidad de propietarios. Oposición a los acuerdos adoptados en la junta general de propietarios.
- Comunidad de propietarios. Impugnación de acuerdos.
- Absolución delito de lesiones leves en comunidad de vecinos
- Litigio por utilización de patio de una comunidad de vecinos, alegando como fuente del derecho la costumbre. Terminación del procedimiento por carencia sobrevenida del objeto.
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