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Casos de éxito

Concesión de régimen abierto a recluso: solicitud del tercer grado ajustada a Derecho

"La Dirección General de Serveis Penitenciaris acordó otorgar al preso de 26 años la concesión de régimen abierto de acuerdo con el Reglamento Penitenciario"

(Foto: E&J)

Helena Aixelà Cabré

Abogada penalista, especialista en violencia doméstica y de género




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




Casos de éxito

Concesión de régimen abierto a recluso: solicitud del tercer grado ajustada a Derecho

"La Dirección General de Serveis Penitenciaris acordó otorgar al preso de 26 años la concesión de régimen abierto de acuerdo con el Reglamento Penitenciario"

(Foto: E&J)

  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 15-04-2019
  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Penitenciario / Permisos de salida
  • Número: 12216Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: BENEFICIOS PENITENCIARIOS, CENTRO PENITENCIARIO, EL DERECHO PENITENCIARIO, PERMISO PENITENCIARIO DE SALIDA , TRABAJO PENITENCIARIO
  • Documentalista: Macarena Blázquez

Documentos originales presentados



(Foto: E&J)

El caso

Supuesto de hecho
  • Barcelona, 14-12-2018

La Dirección General de Serveis Penitenciaris acordó otorgar al preso de 26 años la concesión de régimen abierto de acuerdo con el Reglamento Penitenciario. Francisco, tiene un trabajo como ayudante de cocina en una empresa de catering de inserción de la que se reciben informes del interno donde refieren que éste lleva un buen proceso, muestra buena actitud para trabajar en equipo, buena comunicación con responsables, es diligente ante cualquier incidencia, a nivel técnico posee buenas competencias y es eficiente en el desarrollo del trabajo asignado.



Objetivo: cuestión planteada

Obtener el régimen abierto conforme al artículo 86 del Reglamento Penitenciario.

La estrategia: solución propuesta

  • El preso, ha demostrado una buena actitud y una evolución positiva. Actualmente, tiene trabajo y pareja que vive en casa de su madre, junto a la que espera un hijo. Presenta contrato de trabajo, nóminas y facilita ubicación. Se le han realizado controles aleatorios dando negativo en todos ellos. Se valora evolución positiva en el departamento, el cumplimiento de la normativa, de las indicaciones que le hacen los profesionales y consolidación de objetivos marcados en su programa de tratamiento.
  • Por todo ello la concesión del régimen abierto conforme al artículo 86 R.P por buena evolución y para facilitar su conciliación familiar y laboral debe ser aceptada.

El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Penal
  • Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Vigilancia Penitenciaria
  • Fecha de inicio del procedimiento: 14-12-2018

Partes

  • Ministerio Fiscal
  • Acusado
  • Interno

Peticiones realizadas

  • Se conceda al preso el régimen abierto.

Argumentos

  • El Ministerio Fiscal interpuso recurso contra la resolución dictada por la Secretaría de Serveis Penitenciaris, por la que se concede el régimen abierto del art. 86 RP al interno. En primer lugar, hay que tener en cuenta que el interno ha demostrado una buena actitud y una evolución positiva. Actualmente, tiene trabajo y pareja que vive en casa de su madre y con la que espera un hijo. Presenta contrato de trabajo, nóminas y facilita ubicación. Se le han realizado controles aleatorios dando negativo en todos ellos. Se valora evolución positiva en el departamento, el cumplimiento de la normativa, de las indicaciones que le hacen los profesionales y consolidación de objetivos marcados en su programa de tratamiento.
  • El art. 83 del RP establece que en el régimen abierto, una de las formas reguladas de actividad penitenciaria, tiene por objeto potenciar las capacidades de inserción social positiva que presentan los penados clasificados en tercer grado, realizando tareas de apoyo, asesoramiento y la cooperación necesaria para favorecer su incorporación progresiva al medio social.
  • El artículo 86.4 del RP posibilita una forma específica de cumplir condena en régimen abierto, sustituyendo el tiempo de estancia mínimo obligatorio en el establecimiento por medios telemáticos u otros sistemas adecuados de control.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

  • Contrato de trabajo y nóminas.
  • Informes positivos de evolución en el centro penitenciario.
  • Pruebas negativas de controles aleatorios.

Prueba

  • Misma que la documentación.

Resolución Judicial

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:



Se desestima el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal y se concede al preso el régimen abierto del artículo 86 R.P.

Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:

  • Dispone el Reglamento Penitenciario que «los internos podrán salir del establecimiento para desarrollar las actividades laborales, formativas, familiares, de tratamiento o de otro tipo, que faciliten su integración social».
  • El interno cumple pena por homicidio encaminándose a los 3/4 de cumplimiento. Durante su estancia en el centro, ha llevado una relevante tarea de desarrollo del programa. Ha cumplido con todo el programa demostrando interés por su inserción. Además, está trabajando y tiene valoraciones positivas en el desempeño de su trabajo.

Segunda instancia

  • Tipo de recurso: Recurso de apelación
  • Recurrente: Ministerio Fiscal
  • Fecha del recurso: 18-02-2019
  • Tribunal: Audiencia Provincial de Barcelona

Prueba

  • Misma que la documenación.

Documentación

  • Contrato de trabajo y nóminas.
  • Informes positivos de evolución en el centro penitenciario.
  • Pruebas negativas de controles aleatorios.

Resolución judicial del recurso

  • Fecha de la resolución judicial: 15-04-2019

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:

Desestimar el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal y conceder el régimen abierto conforme al artículo 86 RP al interno

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:

No cabe identificar la previsión del artículo 86.4 del RP ni con un acortamiento de la condena ni con un premio a una determinada conducta. La aplicación del régimen penitenciario responde a la necesidad de facilitar al interno la interacción social y familiar, y flexibilizar aún más el régimen abierto en aquellas situaciones en las que el cumplimiento de los horarios supone dificultades para llevar bien una vida familiar ordenada, o le impone sacrificios personales excesivos o, en general, siempre que resulte conveniente para la consecución de los fines propios de la pena.

Jurisprudencia

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