Conducción de vehículo bajo los efectos del alcohol en concurso con lesiones impudentes
"El abogado defensor consigue rebajar la pena de retirada de carnet de 4 años a 15 meses y la multa de 8.100 € a 540 €”
(Foto: E&J)
Conducción de vehículo bajo los efectos del alcohol en concurso con lesiones impudentes
"El abogado defensor consigue rebajar la pena de retirada de carnet de 4 años a 15 meses y la multa de 8.100 € a 540 €”
(Foto: E&J)
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 26-04-2019
- Materia: Derecho Penal
- Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra la seguridad / Contra la seguridad vial
- Número: 13120
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: De los delitos contra la seguridad vial, DELITO CONTRA LA SEGURIDAD VIAL
- Redacción editorial: Marina González Núñez
Documentos originales presentados
- 1. Atestado policial y prueba de alcoholemia.
- 2. Auto de incoación de diligencias previas
- 3. Acta de declaración del perjudicado y ofrecimiento de acciones
- 4. Informes forenses de los perjudicados.
- 5. Declaración del Investigado
- 6. Escrito del Fiscal oponiéndose a la transformación en Juicio Rápido.
- 7. Providencia
- 8. Comparecencia de renuncia del perjudicado y pago del Seguro.
- 9. Escrito del Fiscal solicitando diligencias.
- 10. Auto de Procedimiento Abreviado.
- 11. Conclusiones Provisionales del Fiscal.
- 12. Auto de apertura de Juicio Oral
- 13. Escrito de constitución de fianza.
- 14. Diligencia de ordenación aceptando la fianza.
- 15. Conclusiones Provisionales de la Defensa.
- 16. Auto de admisión de pruebas y diligencia de ordenación para señalamiento de inicio de sesiones.
- 17. Sentencia de conformidad.
- 18. Ejecutoria y liquidación de condena.
- 19. Comparecencia y requerimiento de Ejecutoria.
- 20. Auto acordando la insolvencia parcial del Condenado.
- 21. Auto acordando ejecutar la Responsabilidad Personal Subsidiaria.
- 22. Escrito solicitando la suspensión de la pena de Responsabilidad Personal Subsidiaria.
- 23. Oposición del Fiscal a la suspensión y Diligencia de Ordenación aceptando el pago de la pena de multa por el Condenado.
- 24. Auto extinguiendo la Responsabilidad Penal del Condenado.
- 25. Conclusiones Provisionales de la Defensa.
- 26. Escrito solicitando la suspensión de la pena de Responsabilidad Personal Subsidiaria.
El caso
Supuesto de hecho.
- Castellar del Vallés, 13-12-2015
A las 22:30 horas los Mossos acuden a un aviso de accidente de tráfico en la carretera B-124 a la altura de Castellar del Vallés.
La reconstrucción pericial posterior mostrará que el vehículo del acusado, a la salida de una curva, invade el carril contrario produciendo un choque frontal excéntrico contra un vehículo que circulaba correctamente.
Los agentes realizan una prueba de alcoholemia al acusado, la cual refleja un resultado positivo de 0,63 y 0,52 en primera y segunda prueba respectivamente, negando a someterse a prueba de contraste.
Ante estos hechos y con la presumible comisión de un delito contra la seguridad vial al conducir bajo los efectos del alcohol, los agentes ponen los hechos en conocimiento del Juzgado de Guardia a fin de iniciar el correspondiente procedimiento abreviado y las diligencias previas.
Objetivo: cuestión planteada
El objetivo del letrado defensor del acusado es, negando categóricamente el relato fáctico de los hechos, conseguir la plena absolución de su representado.
En estos casos es un objetivo ambicioso, pero el Letrado enfoca su defensa en los pilares básicos que hay que atacar cuando toca defender a un acusado por estos hechos, al final lo que se busca realmente es sino la libre absolución, rebajar lo máximo la calificación y por ende las penas que soliciten las partes acusadoras en sus escritos, generando dudas razonables e incluso atacando la validez de los medios probatorios que se presenten.
Asimismo el exámen del entorno y de la meteorología del lugar del siniestro, puede ser un factor determinante.
La estrategia: solución propuesta
La estrategia del Letrado encaminada a conseguir el objetivo de la absolución probando su argumentación, se divide en tres partes:- Impugnación total de la prueba de alcoholemia: Basa esta estrategia en la falta de validez de la misma por diversas irregularidades en el etilómetro. lo cual haría que no quedara probado el resultado positivo, ya que:
- No constan los datos del etitómetro tales como la marca, el modelo o la serie
- No se refleja fecha, la hora de inicio y final de la prueba.
- No consta el volumen de soplado ni el tiempo de soplado ni el valor medido, datos que sirven para el cálculo del resultado final.
- El certificado de equivalencia del etilómetro está aportado fuera del plazo establecido en el artículo 324 LECRIM en fase de instrucción.
- No se ha tenido en cuenta la regulación de los márgenes de error para etilómetros, Aplicándola la tasa se verá reducida a 0,58 mg/1 y 0,54 mg/1.
Circunstancias personales del acusado: Los síntomas que constan en las actuaciones y que fueron presenciados por los agentes de la autoridad compatibles con los factores personales del encausado (cansancio y sueño que pueden provocar una falsa apreciación de las distancia, moviendo oscilante de la verticalidad, así como influencia en el comportamiento y en el habla) y, siendo compatibles también, con los síntomas que se dan tras un accidente de tráfico (aturdimiento, nervios, preocupación y confusión; que junto con los factores personales puede causar influencia en el comportamiento y en el habla).
Circunstancias del entorno: En el momento de los hechos era de noche, con una insuficiente iluminación artificial. Además, el suelo estaba resbaladizo como consecuencia de la lluvia recién caída. Ademásm, se trata de una curva muy cerrada de un ángulo aproximado de unos 90º, la cual puede favorecer en las circunstancias descritas una pérdida de control del vehículo originada por causas involuntarias y lícitas.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Penal
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Guardia.
- Tipo de procedimiento: Procedimiento Abreviado.
- Fecha de inicio del procedimiento: 03-03-2016
Partes
Acusado:
- El cliente.
Perjudicado:
- Conductor y ocupante del otro vehículo.
El Ministerio Fiscal:
- Ejerce la acusación.
Peticiones realizadas
Acusado:
- Absolución sin cargos.
Perjudicado:
- Renuncia a la acción civil y penal que pudiera corresponderle a partir del momento en que es resarcido por la Aseguradora.
El Ministerio Fiscal:
- 18 meses de multa a razón de 15 € al día y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 4 años, perdiendo pues la vigencia del permiso de conducción y abono junto a la compañía aseguradora, de la resonsabilidad civil producida por los desperfectos en el turismo del perjudicado, por un monto de 2.600€.
- Tras llegar a un acuerdo de conformidad, rebaja las peticiones a: multa de 6 meses a razón de 3 € diarios, en caso de incumplimiento, responsabilidad penal subsidiaria. Y privación del permiso de conducir durante 15 meses.
Argumentos
Acusado:
- El Abogado basa su argumentación en la estrategia expuesta «ut supra», recordemos:
- Impugnación de la prueba de alcoholemia por irregularidades en el etilómetro:
a) Ticket de la segunda prueba inválido, al no contener la información mínima necesaria para dotarle de la misma.
b) Certificado de equivalencia aportado fuera de plazo
c) Resultado incorrecto al no tener en cuenta los márgenes de error, reduciéndose la tasa a 0,58 y 0,54 mg/l.
Conducta errática del acusado producto del cansancio y fatiga y no por efectos del alcohol.
Circunstancias del entorno y de la vía.
El Ministerio Fiscal:
El Ministerio Público presenta una acusación que choca frontalmente con la defensa:
- Validez total de la prueba de alcoholemia y etilómetro en regla, por lo tanto el positivo en alcohol queda totalmente probado y validado, además el acusado se negó a realizar una tercera prueba de contraste, algo que puede entenderse como asunción de validez de los resultados.
- Conducta errática del acusado tras el accidente producto del consumo de alcohol.
Normas y artículos relacionados
- Artículo 53. , Artículo 28. , Artículo 8. , Artículo 27. , Artículo 123. , Artículo 152. , Artículo 379. , Artículo 382. Código Penal.
- Artículo 576. Intereses de la mora procesal. Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Artículo 590. , Artículo 726. , Artículo 785. , Artículo 764. , Artículo 781. , Artículo 324. Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Documental aportada
- Se refleja en el apartado prueba.
Prueba
Acusado:
- Testifical: Agentes de los Mossos que acudieron al lugar de los hechos.
- Pericial: Médico forense que emitió el informe de lesiones.
- Documental: Diversas fotos y documentos que atestiguan la falta de iluminación, el suelo muy resbaladizo y en general factores medioambientales y de entorno que acontecieron en el lugar la noche de autos.
Interrogatorio del Acusado
El Ministerio Fiscal:
- Testifical: Agentes de los Mossos que acudieron al lugar de los hechos.
- Pericial: Médico forense que emitió el informe de lesiones.
- Documental: Diversas fotos y documentos que atestiguan la validez de la prueba etílica y del aparato utilizado en la misma.
- Interrogatorio del Acusado.
Estructura procesal
- Atestado policial.
- Diligencias Previas del Abreviado (declaraciones, informes, escritos).
- Solicitud de conversión en Diligencias Urgentes del Rápido y conformidad en el mismo, negativa del Fiscal por no concurrencia de los requisitos Art. 801 LECRIM.
- Conclusiones provisionales de las partes.
- Conformidad de las partes en aplicación del 787 LECRIM y ss, en el marco del Abreviado.
- Sentencia de conformidad.
- Ejecutoria penal (falta de abono de la pena de multa, acuerdo de responsabilidad personal subsidiaria, solicitud de suspensión de dicha responsabilidad, oposición del Fiscal a la suspensión, abono por parte del Condenado de la multa en su totalidad, Auto del Juzgado aceptándolo.)
Resolución Judicial
Fecha de la resolución judicial: 26-04-2019
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
El acusado es criminalmente responsable de un Delito contra la Seguridad Vial por conducir un vehículo a motor bajo los efectos del alcohol, en concurso de normas con dos delitos por lesiones imprudentes, concurriendo circunstancia atenuante cualificada de dilaciones indebidas. Penas:
- Multa de 6 meses a razón de 3€ diarios, en caso de incumplimiento responsabilidad penal subsidiaria.
- Privación del permiso de conducir durante 15 meses.
- Condena en costas.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
Responsabilidad civil:
La aseguradora abona la cantidad de forma rápida y sin dilaciones.
Responsabilidad penal:
A pesar de que en un primer momento el Fiscal no contempla la posibilidad de la conformidad vía 801 LECRIM cuando el acusado solicitaba la conversión de las Diligencias Previas en Urgentes/Juicio Rápido debido a la negación por parte del primero del nexo causal entre accidente y alcohol y la concurrencia en el proceso de Acusación Particular, posteriormente ambas partes llegan a un acuerdo que permite la aplicación de la conformidad vía Art. 787 y ss LECRIM que regula la figura para el Abreviado.
El mismo fija la posibilidad de que, antes del inicio de la fase probatoria en el juicio oral, podrá solicitarse por ambas partes y con el acusado presente que el Juez o Tribunal dicte sentencia de conformidad reflejando la calificación de los hechos y la pena de mayor gravedad que recoja uno de los escritos de acusación presentados, siempre y cuando la pena no excede los 6 años de prisión y se respeten los requisitos procedimentales de la LECRIM.
En este caso como acusador solo figuraba el Ministerio Público por lo tanto el Juzgador se limita a recoger su calificiación y penas.
Ejecutoria penal:
Posteriormente y en fase ejecutoria, el acusado no afronta el pago de la multa, ni de manera voluntaria ni por vía de apremio, siendo declarado mediante decreto como insolvente.
Ante esta situación la Juzgadora impone al acusado una responsabilidad personal subsidiaria de 90 días de prisión.
La defensa solicita la suspensión de la misma por cumplimiento de los requisitos del Art 80 (.2 y .3) del C.P. Ante esta cuestión el Ministerio Público se opone a la suspensión.
Antes de que el Juzgado se pronuncie, el Condenado ingresa la cantidad total debida como pena de multa: 540€.
El órgano Judicial a pesar de haber acordado ya el cumplimiento de la responsabilidad personal subsidiaria admite el pago, dejando sin efecto lo acordado.
Jurisprudencia
- Audiencia Provincial de Pontevedra, núm. 100/2021, de 22-07-2021. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 72065623
- Audiencia Provincial de La Coruña/A Coruña, núm. 393/2021, de 23-07-2021. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 72065588
- Audiencia Provincial de La Coruña/A Coruña, núm. 132/2017, de 17-03-2017. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71744288
- Tribunal Supremo, núm. 715/2017, de 31-10-2017. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 70426193
- Audiencia Provincial de Valencia, núm. 556/2018, de 27-09-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71607314
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